III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-487)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Melón, sobre la financiación, ejecución y entrega de la mejora del saneamiento y depuración en varios núcleos en el T.M. de Melón (Ourense).
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6
Sábado 7 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3518
ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como tampoco las que sean
consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
Novena.
Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Melón.
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. La gestión, explotación, mantenimiento y conservación del nuevo sistema de
depuración y sus colectores, a partir del día siguiente a la recepción de la notificación
descrita en el punto primero de la cláusula séptima, convirtiéndose a todos los efectos,
en el único responsable de la infraestructura construida, asumiendo los derechos,
obligaciones y cargas inherentes a dicho mantenimiento y conservación, continuando
con el pago del correspondiente canon de vertidos.
3. La gestión, mantenimiento y conservación de los terrenos objeto del presente
convenio, durante la ejecución de las obras y tras su finalización. Esta obligación incluirá,
entre otros, los deberes de desbroce, tala, defensa del suelo o vegetación que sean
requeridos por la normativa vigente en cada momento para evitar riesgos de inundación,
erosión, incendio o cualquier otro tipo de perturbación del medio ambiente o de la
seguridad y salud públicas. Todo ello sin perjuicio de las autorizaciones que el
ayuntamiento deba solicitar para la realización de dichas actividades en atención a la
legislación vigente.
4. El pago de todos cuantos tributos graven dichas instalaciones, incluso, en su
caso, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y los costes de suministros y servicios
necesarios para la conservación de lo actuado y en general, de todos los gastos
derivados de la gestión, mantenimiento y conservación de las obras objeto de este
convenio.
5. La aprobación de los proyectos constructivos de forma que sustituya al
otorgamiento de la licencia municipal.
6. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse.
7. El Ayuntamiento de Melón continuará siendo el responsable de la explotación del
sistema de depuración durante el desarrollo de las obras recogidas en el presente
convenio; debiendo correr con todos los gastos (de explotación, de mantenimiento,
suministros, etc.) y aportar el personal necesario para operarlo. No obstante lo anterior,
la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se compromete, dentro de la redacción
de los proyectos, la planificación de las obras y la ejecución de las mismas, a mantener,
siempre que técnicamente sea viable, el servicio del sistema de depuración existente en
las mejores condiciones posibles.
8. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. los
terrenos precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula décima.
9. Tramitar ante la Comisaría de Aguas del Organismo las correspondientes
autorizaciones de vertido.
10. El Ayuntamiento de Melón queda facultado, a partir de la entrega de lo
construido, a utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su
ejecución.
Décima.
Puesta a disposición de los terrenos y las infraestructuras.
El Ayuntamiento de Melón pondrá a disposición los terrenos necesarios para la
ejecución de la nueva estación depuradora de aguas residuales incluyendo sus zanjas
cve: BOE-A-2023-487
Verificable en https://www.boe.es
Le corresponderán al Ayuntamiento de Melón, las siguientes obligaciones y
facultades:
Núm. 6
Sábado 7 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3518
ni los deterioros debidos al paso del tiempo, así como tampoco las que sean
consecuencia de fenómenos atmosféricos o por las variaciones de nivel de las aguas.
Novena.
Obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Melón.
1. Financiar las actuaciones de acuerdo con lo dispuesto en las cláusulas cuarta y
quinta del presente convenio.
2. La gestión, explotación, mantenimiento y conservación del nuevo sistema de
depuración y sus colectores, a partir del día siguiente a la recepción de la notificación
descrita en el punto primero de la cláusula séptima, convirtiéndose a todos los efectos,
en el único responsable de la infraestructura construida, asumiendo los derechos,
obligaciones y cargas inherentes a dicho mantenimiento y conservación, continuando
con el pago del correspondiente canon de vertidos.
3. La gestión, mantenimiento y conservación de los terrenos objeto del presente
convenio, durante la ejecución de las obras y tras su finalización. Esta obligación incluirá,
entre otros, los deberes de desbroce, tala, defensa del suelo o vegetación que sean
requeridos por la normativa vigente en cada momento para evitar riesgos de inundación,
erosión, incendio o cualquier otro tipo de perturbación del medio ambiente o de la
seguridad y salud públicas. Todo ello sin perjuicio de las autorizaciones que el
ayuntamiento deba solicitar para la realización de dichas actividades en atención a la
legislación vigente.
4. El pago de todos cuantos tributos graven dichas instalaciones, incluso, en su
caso, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y los costes de suministros y servicios
necesarios para la conservación de lo actuado y en general, de todos los gastos
derivados de la gestión, mantenimiento y conservación de las obras objeto de este
convenio.
5. La aprobación de los proyectos constructivos de forma que sustituya al
otorgamiento de la licencia municipal.
6. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse.
7. El Ayuntamiento de Melón continuará siendo el responsable de la explotación del
sistema de depuración durante el desarrollo de las obras recogidas en el presente
convenio; debiendo correr con todos los gastos (de explotación, de mantenimiento,
suministros, etc.) y aportar el personal necesario para operarlo. No obstante lo anterior,
la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se compromete, dentro de la redacción
de los proyectos, la planificación de las obras y la ejecución de las mismas, a mantener,
siempre que técnicamente sea viable, el servicio del sistema de depuración existente en
las mejores condiciones posibles.
8. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. los
terrenos precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula décima.
9. Tramitar ante la Comisaría de Aguas del Organismo las correspondientes
autorizaciones de vertido.
10. El Ayuntamiento de Melón queda facultado, a partir de la entrega de lo
construido, a utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su
ejecución.
Décima.
Puesta a disposición de los terrenos y las infraestructuras.
El Ayuntamiento de Melón pondrá a disposición los terrenos necesarios para la
ejecución de la nueva estación depuradora de aguas residuales incluyendo sus zanjas
cve: BOE-A-2023-487
Verificable en https://www.boe.es
Le corresponderán al Ayuntamiento de Melón, las siguientes obligaciones y
facultades: