III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-487)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Melón, sobre la financiación, ejecución y entrega de la mejora del saneamiento y depuración en varios núcleos en el T.M. de Melón (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 7 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 3516

de ejecución del contrato de obras y dirección facultativa del mismo. Los valores
estimados para cada uno de estos conceptos, Impuesto sobre el Valor Añadido Incluido,
son los siguientes:
– Asistencia técnica para la redacción del proyecto de construcción para la mejora
del saneamiento y depuración en varios núcleos en el T.M. de Melón (Ourense) PdM
Miño-Sil ES010_3_ALCH0SCET29SP2536: 17.000 euros.
– Contrato de obras del proyecto de construcción para la mejora del saneamiento y
depuración en varios núcleos en el T.M. de Melón (Ourense) PdM Miño-Sil
ES010_3_ALCH0SCET29SP2536, incluyendo medidas de seguridad y salud: 273.000
euros.
– Crédito a retener para la liquidación del contrato de obras: 10.000 euros.
– Asistencia técnica para la dirección de las obras del proyecto de construcción para
la mejora del saneamiento y depuración en varios núcleos en el T.M. de Melón (Ourense)
PdM Miño-Sil ES010_3_ALCH0SCET29SP2536, incluyendo coordinación de seguridad y
salud de las mismas: 27.300 euros.
Quinta. Anualidades y aportaciones.
1. La ejecución de la actuación objeto del presente convenio está prevista
inicialmente en la anualidad 2023, de acuerdo con el siguiente desglose:
Administración

CHMS, O.A.
Ayuntamiento de Melón.
Total.

Total

Euros

261.840,00
65.460,00
327.300,00

No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover
y aprobar posibles reajustes de anualidades en función de la evolución de la ejecución
del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio, siempre que
estos no supongan un incremento económico global ni del plazo del mismo. Este
reajuste de anualidades no se considerará modificación convencional a los efectos de lo
establecido en el apartado tercero de la cláusula segunda.
2. Las aportaciones del Ayuntamiento de Melón se materializarán mediante la
transferencia de los fondos precisos a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
previa certificación por esta de los compromisos adquiridos (fase contable O).
3. El importe de los gastos certificados será ingresado en los plazos establecidos
en la normativa presupuestaria y tributaria vigente, en la cuenta que el organismo de
cuenca tiene abierta en el Banco de España: 9000 0022 10 0200001328.
4. El impago de estos importes en los plazos establecidos generará una deuda de
derecho público que será exigible de acuerdo con lo establecido en las Leyes y el
Reglamento General de Recaudación, en particular, en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
5. La cuantía indicada, será la máxima que el Ayuntamiento de Melón tenga que
aportar con independencia del ritmo de ejecución de las actuaciones, salvo que se
acuerde previamente el reajuste de anualidades por la Comisión de Seguimiento,
conforme a lo establecido en el apartado primero, caso en el que le corresponderá la
cantidad derivada de dicho acuerdo.

cve: BOE-A-2023-487
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Núm. 6