III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-488)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo, para el desarrollo de acciones conjuntas dirigidas a la prevención y control del tabaquismo en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6
Sábado 7 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3521
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, corresponde a este
Departamento, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud, de
planificación y asistencia sanitaria, así como el ejercicio de las competencias de la
Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la
protección de la salud. Asimismo, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de salud pública y prevención y control del tabaquismo.
Que la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el Sistema Nacional de
Salud (SNS), aprobada por el pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de
Salud el día 18 de diciembre de 2013, propone el desarrollo progresivo de intervenciones
dirigidas a ganar salud y a prevenir las enfermedades, las lesiones y la discapacidad. Su
objetivo general establece el fomento de la salud y el bienestar de la población
promoviendo entornos y estilos de vida saludables y potenciando la seguridad frente a
las lesiones.
Que, entre las competencias encomendadas al Ministerio de Sanidad, a través de la
Dirección General de Salud Pública (DGSP), se encuentra la de dictar las líneas
directrices de la política sanitaria frente al tabaquismo a nivel nacional, en coordinación
con las autoridades sanitarias autonómicas, promoviendo el desarrollo de iniciativas,
programas y actividades en línea con la estrategia MPOWER de la OMS.
Segundo.
Que el Ministerio de Sanidad, como el resto de las Administraciones Públicas, tiene
entre sus principios de actuación el deber de fomentar la participación de la ciudadanía
en los asuntos públicos de forma directa o a través de formas asociativas. Que,
asimismo, el documento Líneas de Actuación 2019-2020 en el ámbito de la prevención y
control del tabaquismo, aprobado el 9 de mayo de 2019 por la Comisión de Salud
Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, señala como una de
las acciones a realizar «establecer alianzas en salud», especificando que «(…) es
necesario reforzar la colaboración con otros actores claves, como las diferentes
sociedades científicas, el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (CNPT), el
tercer sector y otros que procedan».
Que, en este sentido, el CNPT se constituye como una entidad asociativa,
perteneciente a lo que se ha venido a denominar tercer sector, siendo en la práctica uno
de los interlocutores principales entre las autoridades sanitarias y las entidades
científicas dedicadas a la prevención y control del tabaquismo. De esta forma, el
Ministerio de Sanidad, para la toma de decisiones e implementación de la política frente
al tabaquismo, cree especialmente relevante contar con el apoyo del CNPT que
representa la voz de las entidades más relevantes en la materia.
Que el CNPT cuenta con un comité científico constituido por profesionales y expertos
de reconocida competencia y prestigio en investigación y que elabora documentos e
informes técnicos que resultan claves en el desarrollo de la política sanitaria de
prevención del tabaquismo desarrollada por el Ministerio de Sanidad.
Que el CNPT cuenta con un equipo de profesionales expertos en materia legislativa y
sanitaria con capacidad suficiente para colaborar en las modificaciones normativas, así
como en el desarrollo del Plan Integral de Prevención y Control del
Tabaquismo 2022-2025, mediante el apoyo y el aporte de evidencias científicas.
Que el CNPT cuenta con una dilatada experiencia y una red de profesionales y
sociedades científicas adscritas al mismo que facilitará la difusión de campañas y
materiales para favorecer la concienciación entre los consumidores de tabaco y
productos relacionados. Asimismo, se establece un amplio abanico de posibilidades de
colaboración mediante la realización de estudios, avances y actualización tanto
legislativa como en cuanto a productos novedosos, etc., de la situación a nivel nacional e
internacional en materia de prevención del tabaquismo.
cve: BOE-A-2023-488
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 6
Sábado 7 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 3521
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, corresponde a este
Departamento, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de salud, de
planificación y asistencia sanitaria, así como el ejercicio de las competencias de la
Administración General del Estado para asegurar a los ciudadanos el derecho a la
protección de la salud. Asimismo, le corresponde la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de salud pública y prevención y control del tabaquismo.
Que la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el Sistema Nacional de
Salud (SNS), aprobada por el pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de
Salud el día 18 de diciembre de 2013, propone el desarrollo progresivo de intervenciones
dirigidas a ganar salud y a prevenir las enfermedades, las lesiones y la discapacidad. Su
objetivo general establece el fomento de la salud y el bienestar de la población
promoviendo entornos y estilos de vida saludables y potenciando la seguridad frente a
las lesiones.
Que, entre las competencias encomendadas al Ministerio de Sanidad, a través de la
Dirección General de Salud Pública (DGSP), se encuentra la de dictar las líneas
directrices de la política sanitaria frente al tabaquismo a nivel nacional, en coordinación
con las autoridades sanitarias autonómicas, promoviendo el desarrollo de iniciativas,
programas y actividades en línea con la estrategia MPOWER de la OMS.
Segundo.
Que el Ministerio de Sanidad, como el resto de las Administraciones Públicas, tiene
entre sus principios de actuación el deber de fomentar la participación de la ciudadanía
en los asuntos públicos de forma directa o a través de formas asociativas. Que,
asimismo, el documento Líneas de Actuación 2019-2020 en el ámbito de la prevención y
control del tabaquismo, aprobado el 9 de mayo de 2019 por la Comisión de Salud
Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, señala como una de
las acciones a realizar «establecer alianzas en salud», especificando que «(…) es
necesario reforzar la colaboración con otros actores claves, como las diferentes
sociedades científicas, el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (CNPT), el
tercer sector y otros que procedan».
Que, en este sentido, el CNPT se constituye como una entidad asociativa,
perteneciente a lo que se ha venido a denominar tercer sector, siendo en la práctica uno
de los interlocutores principales entre las autoridades sanitarias y las entidades
científicas dedicadas a la prevención y control del tabaquismo. De esta forma, el
Ministerio de Sanidad, para la toma de decisiones e implementación de la política frente
al tabaquismo, cree especialmente relevante contar con el apoyo del CNPT que
representa la voz de las entidades más relevantes en la materia.
Que el CNPT cuenta con un comité científico constituido por profesionales y expertos
de reconocida competencia y prestigio en investigación y que elabora documentos e
informes técnicos que resultan claves en el desarrollo de la política sanitaria de
prevención del tabaquismo desarrollada por el Ministerio de Sanidad.
Que el CNPT cuenta con un equipo de profesionales expertos en materia legislativa y
sanitaria con capacidad suficiente para colaborar en las modificaciones normativas, así
como en el desarrollo del Plan Integral de Prevención y Control del
Tabaquismo 2022-2025, mediante el apoyo y el aporte de evidencias científicas.
Que el CNPT cuenta con una dilatada experiencia y una red de profesionales y
sociedades científicas adscritas al mismo que facilitará la difusión de campañas y
materiales para favorecer la concienciación entre los consumidores de tabaco y
productos relacionados. Asimismo, se establece un amplio abanico de posibilidades de
colaboración mediante la realización de estudios, avances y actualización tanto
legislativa como en cuanto a productos novedosos, etc., de la situación a nivel nacional e
internacional en materia de prevención del tabaquismo.
cve: BOE-A-2023-488
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.