III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-438)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los principales ingresos percibidos y gestionados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 6 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2489

CUADRO Nº15
COSTES E INGRESOS DE ACTIVIDADES CON INGRESOS FINALISTAS, EJERCICIO 2018
(Euros)
Actividad

Margen
(Ingresos-costes)

% Cobertura
(Ingresos/costes)

Coste total

Ingresos

49.468.987,69

54.045.797,32

4.576.809,63

109,25

Evaluación de Medicamentos
veterinarios

6.424.314,29

5.907.457,86

-516.856,43

91,95

Inspección y control de
medicamentos de uso humano

6.271.429,30

2.757.251,67

-3.514.177,63

43,97

Evaluaciones y control de mercado
de Productos sanitarios, cosméticos
y de higiene personal 43

7.013.016,83

2.010.900,36

-5.002.116,47

28,67

69.177.748,11

64.721.407,21

-4.456.340,90

93,56

Evaluación de Medicamentos de
uso humano

Total

Fuente: Estado 25.4 de la memoria de las cuentas anuales del ejercicio 2018

43

Los costes e ingresos de “Evaluaciones y control de mercado de Productos sanitarios, cosméticos y de higiene
personal” incluyen también los correspondientes al Organismo Notificado 0318.

cve: BOE-A-2023-438
Verificable en https://www.boe.es

La Agencia ha facilitado el desglose de los “Costes e ingresos de actividades con ingresos
finalistas” del ejercicio 2018 por epígrafes de la tasa, obtenido de CANOA. Este detalle por
epígrafes se muestra en el anexo 1 de este informe, y el resumen por grupos de la tasa en el
cuadro siguiente. Esta información, sin embargo, no se incluye en la memoria de las cuentas
anuales, pese a su relevancia económica y de que el apartado sexto de la Resolución de 28 de
julio de la IGAE, por la que se regulan los criterios para la elaboración de la información sobre los
costes de actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria de las cuentas anuales del
PGCP, establece, en relación con la estructura de los elementos de ingreso, que: “Cada entidad
determinará una estructura de elementos de ingresos lo suficientemente desagregada como para
permitir una adecuada individualización de los mismos de acuerdo con la estructura productiva de
la organización o, al menos, según la relación de los ingresos que se le autoricen como recursos
en su Ley de creación”.