III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-339)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Ayuntamiento de la Villa de La Matanza de Acentejo, en materia de seguridad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2066

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
339

Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad
y el Ayuntamiento de la Villa de La Matanza de Acentejo, en materia de
seguridad.

Habiéndose suscrito el 6 de octubre de 2022 el convenio entre la Secretaría de
Estado de Seguridad (Dirección General de la Guardia Civil) y el Ayuntamiento de la Villa
de La Matanza de Acentejo en materia de seguridad, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 29 de diciembre de 2022.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la
Guardia Civil) y el Ayuntamiento de la Villa de La Matanza de Acentejo en materia
de seguridad
Madrid, a 6 de octubre de 2022
REUNIDOS
De una parte, don Rafael Pérez Ruiz, Secretario de Estado de Seguridad, cargo para
el que fue nombrado por el Real Decreto 84/2020, de 17 enero, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra parte, don Ignacio Rodríguez Jorge, Alcalde del Ayuntamiento de la Villa de
La Matanza de Acentejo (en adelante, el Ayuntamiento), cargo que ostenta por Acuerdo
del Pleno, de fecha 15 de junio de 2019, actuando en nombre y representación del
mismo en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.a) y b) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, con domicilio a los efectos del
presente convenio en avenida Tinguaro, núm. 20, 38370 de La Matanza de Acentejo,
Santa Cruz de Tenerife.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,

Primero.
Por un lado, el artículo 149.1. 29.ª de la Constitución Española establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Secretaría de Estado de Seguridad.

cve: BOE-A-2023-339
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