III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2023-329)
Resolución de 27 de octubre de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA), ejercicios 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1406
forma, el artículo 2.3 de la Orden JUS/188/2016 establece que a iniciativa propia, en el marco de
cualquier actividad delictiva, la ORGA podrá efectuar su realización cuando resulte conveniente en
atención a la naturaleza o especiales circunstancias de los bienes, previa autorización judicial, de
conformidad con lo previsto en las leyes penales y procesales e independientemente de la fecha
del embargo o decomiso.
Dichas actuaciones han tenido una especial importancia cuantitativa en el ejercicio 2016, en el
que de los 435 expedientes iniciados, un total de 363 han correspondido a actuaciones de
choque, reduciéndose a 51 iniciadas en el ejercicio 2017, según la memoria anual de la Oficina.
En este sentido, el Plan de acción de 2018 a 2020 ha previsto la continuidad de estas
actuaciones, con la depuración de bienes incautados y embargados que carecen de valor a
efectos de su venta, si bien explicitando que esta será una actuación complementaria de la
Oficina, y extendiéndola a otros supuestos como actuaciones sobre bienes sin destino judicial o
cuya propiedad se desconoce.
El Plan de acción de 2016 señala que para llevar a cabo esta actuación es preciso contar con
inventarios de bienes embargados, lo cual justifica que la ORGA debe comenzar, como así ha
sido, dentro del ámbito de los órganos de jurisdicción estatal y del Ministerio de Justicia, al
precisar de una actuación compartida con las Gerencias Territoriales, previendo que se extendiera
al resto del territorio del Estado, en colaboración con el resto de Comunidades Autónomas, en
ejercicios posteriores. El Plan de acción de 2017 prevé continuar con los depósitos de bienes
competencia del Ministerio de Justicia e iniciar la colaboración con aquellas CCAA que lo precisen
para coordinarse en esta gestión de depuración, así como en coordinación con el Ministerio de
Interior, respecto a los bienes conservados en los depósitos de las fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado. En relación con este último la ORGA participa en el Grupo de Trabajo
Permanente sobre Gestión de Bienes de la comisión de Seguimiento del Acuerdo de Colaboración
entre la ORGA y el Ministerio del Interior suscrito en 2016.
Las actuaciones realizadas en 2016 y 2017 han correspondido en su totalidad a destrucciones de
bienes de los depósitos del Ministerio de Justicia en Melilla y Segovia respectivamente. Los
expedientes finalizados y el número de bienes afectados, así como los gastos e ingresos
generados, señalados en las respectivas memorias de 2016 y 2017, y los comprobados en la
fiscalización se detallan en el cuadro siguiente.
CUADRO Nº 18
DATOS DE LA “ACTUACIÓN DE CHOQUE”
EJERCICIOS 2016 Y 2017
(euros)
Nº expedientes finalizados
Bienes
Ingresos (euros)
Gastos (euros)
2016
27
27
1.500
621
FUENTE: Elaboración propia
FISCALIZACIÓN
2017
66
243
17.622
2.706
TOTAL
93
270
19.122
3.327
2016
28
203
MEMORIA ANUAL
2017
66
68
10.476
8.175
1.958
1.360
TOTAL
94
271
18.651
3.318
Las diferencias han sido aclaradas en la fiscalización y se correspondían con expedientes que
fueron imputados en el 2016 cuando correspondían al 2017 y viceversa. Asimismo, se ha
constatado la existencia de diferencias en la calificación de las actuaciones entre la aplicación
EXPORGA y las memorias anuales, observándose 14 y 10 expedientes en 2016 y 2017,
respectivamente que fueron clasificados erróneamente como actuaciones de choque sin tratarse
de tales. No obstante, dichos errores en el registro sólo tenían efectos estadísticos de
presentación de la información.
cve: BOE-A-2023-329
Verificable en https://www.boe.es
CONCEPTO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 1406
forma, el artículo 2.3 de la Orden JUS/188/2016 establece que a iniciativa propia, en el marco de
cualquier actividad delictiva, la ORGA podrá efectuar su realización cuando resulte conveniente en
atención a la naturaleza o especiales circunstancias de los bienes, previa autorización judicial, de
conformidad con lo previsto en las leyes penales y procesales e independientemente de la fecha
del embargo o decomiso.
Dichas actuaciones han tenido una especial importancia cuantitativa en el ejercicio 2016, en el
que de los 435 expedientes iniciados, un total de 363 han correspondido a actuaciones de
choque, reduciéndose a 51 iniciadas en el ejercicio 2017, según la memoria anual de la Oficina.
En este sentido, el Plan de acción de 2018 a 2020 ha previsto la continuidad de estas
actuaciones, con la depuración de bienes incautados y embargados que carecen de valor a
efectos de su venta, si bien explicitando que esta será una actuación complementaria de la
Oficina, y extendiéndola a otros supuestos como actuaciones sobre bienes sin destino judicial o
cuya propiedad se desconoce.
El Plan de acción de 2016 señala que para llevar a cabo esta actuación es preciso contar con
inventarios de bienes embargados, lo cual justifica que la ORGA debe comenzar, como así ha
sido, dentro del ámbito de los órganos de jurisdicción estatal y del Ministerio de Justicia, al
precisar de una actuación compartida con las Gerencias Territoriales, previendo que se extendiera
al resto del territorio del Estado, en colaboración con el resto de Comunidades Autónomas, en
ejercicios posteriores. El Plan de acción de 2017 prevé continuar con los depósitos de bienes
competencia del Ministerio de Justicia e iniciar la colaboración con aquellas CCAA que lo precisen
para coordinarse en esta gestión de depuración, así como en coordinación con el Ministerio de
Interior, respecto a los bienes conservados en los depósitos de las fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado. En relación con este último la ORGA participa en el Grupo de Trabajo
Permanente sobre Gestión de Bienes de la comisión de Seguimiento del Acuerdo de Colaboración
entre la ORGA y el Ministerio del Interior suscrito en 2016.
Las actuaciones realizadas en 2016 y 2017 han correspondido en su totalidad a destrucciones de
bienes de los depósitos del Ministerio de Justicia en Melilla y Segovia respectivamente. Los
expedientes finalizados y el número de bienes afectados, así como los gastos e ingresos
generados, señalados en las respectivas memorias de 2016 y 2017, y los comprobados en la
fiscalización se detallan en el cuadro siguiente.
CUADRO Nº 18
DATOS DE LA “ACTUACIÓN DE CHOQUE”
EJERCICIOS 2016 Y 2017
(euros)
Nº expedientes finalizados
Bienes
Ingresos (euros)
Gastos (euros)
2016
27
27
1.500
621
FUENTE: Elaboración propia
FISCALIZACIÓN
2017
66
243
17.622
2.706
TOTAL
93
270
19.122
3.327
2016
28
203
MEMORIA ANUAL
2017
66
68
10.476
8.175
1.958
1.360
TOTAL
94
271
18.651
3.318
Las diferencias han sido aclaradas en la fiscalización y se correspondían con expedientes que
fueron imputados en el 2016 cuando correspondían al 2017 y viceversa. Asimismo, se ha
constatado la existencia de diferencias en la calificación de las actuaciones entre la aplicación
EXPORGA y las memorias anuales, observándose 14 y 10 expedientes en 2016 y 2017,
respectivamente que fueron clasificados erróneamente como actuaciones de choque sin tratarse
de tales. No obstante, dichos errores en el registro sólo tenían efectos estadísticos de
presentación de la información.
cve: BOE-A-2023-329
Verificable en https://www.boe.es
CONCEPTO