III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-343)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del XXIV Convenio colectivo del sector de banca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 5 de enero de 2023

Sec. III. Pág. 2091

Tercero.
La modificación del Artículo 23.º Participación en beneficios - RAE-Empresa, en su
apartado 4, que queda redactado como sigue:
«4. Exclusivamente a los efectos de la aplicación de la tabla anterior, se
entiende por “salario base del cuarto de paga” la cuantía que figura en la siguiente
tabla, a la que habría que añadir, en su caso, en la misma proporción, la
percepción por antigüedad que corresponda a cada trabajador o trabajadora.

Nivel

Salario base
del “Cuarto de paga”
devengado en 2020
a pagar en 2021

Salario base
del “Cuarto de paga”
devengado en 2021,
a pagar en 2022

Salario base
del “Cuarto de paga”
devengado en 2022,
a pagar en 2023

Salario base
del “Cuarto de paga”
devengado en 2023,
a pagar en 2024

1

753,22

756,99

764,56

798,97

2

651,31

654,57

661,12

690,87

3

550,84

553,6

559,13

584,29

4

524,82

527,45

532,72

556,69

5

453,78

456,05

460,61

481,34

6

424,89

427,02

431,29

450,70

7

403,69

405,71

409,77

428,21

8

382,49

384,4

388,25

405,72

9

353,45

355,22

358,77

374,92

10

314,91

316,49

319,65

334,04

11

284,34

285,76

288,62

301,61»

Cuarto.
Que lo recogido en el presente acuerdo de modificación parcial del XXIV Convenio
colectivo, sustituye de forma íntegra el articulado antes referido.
Quinto.

cve: BOE-A-2023-343
Verificable en https://www.boe.es

Que el presente Acuerdo de Modificación, cumpliendo los requisitos legales
necesarios, será presentado a registro y publicación en los términos recogidos en el
artículo 90 de la vigente Ley del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 6.1.a) del RD
713/2010 de Registro y Depósito de Convenio y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de 28
de mayo de 2010, para lo que se designa expresamente por ambas partes,
indistintamente, a don Juan Vives Ruiz y doña Nuria Lobo Aceituno, para que realicen los
trámites necesarios para el registro del presente acuerdo ante la Dirección General de
Trabajo.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X