III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-342)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican los Acuerdos de modificación y tablas salariales para los años 2022 y 2023 del Convenio colectivo de IQVIA Information, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2084
Don Ángel Baltasar.
Doña Carmen Gómez.
En tal sentido, han acordado las siguientes modificaciones del articulado del
convenio colectivo:
Primero.
Artículo 26.
Tablas salariales.
El punto 1 queda redactado de la siguiente manera:
«Los salarios base pactados en el presente convenio para el año 2022 y 2023,
en cómputo anual, por grupos y categorías profesionales vigentes, serán los
establecidos en el anexo I, tabla salarial años 2022 y 2023, de este convenio. La
fecha de aplicación de dichas tablas será desde el 1 de abril de 2022».
Segundo.
Artículo 44.
Compensación Teletrabajo - Ayuda al transporte.
El artículo 44 del convenio se modifica en su totalidad pasando a llamarse
«Compensación Teletrabajo – Ayuda al transporte» quedando redactado de la siguiente
manera:
«Se acuerda abonar una compensación de los gastos de desplazamiento a
través de una tarjeta de ticket transporte. Esta tarjeta será para todas las
categorías, con independencia de las distancias que puedan existir entre el centro
de trabajo y el domicilio del trabajador/a. Dicho plus tendrá la cuantía de 25.000
euros anuales a repartir entre los empleados que:
No dispongan de coche de compañía.
No dispongan de plaza de garaje asignada.
El importe concreto de compensación a abonar a cada persona trabajadora se
determinará teniendo en cuenta el tiempo de servicios prestados entre el 1 de abril
de 2021 y el 31 de marzo de 2022, el número de personas trabajadoras de la
compañía beneficiarias de esta compensación y que continúen en plantilla de la
compañía a fecha 30 de septiembre de 2022».
Tercero.
Publicación del anexo I: tabla salarial años 2022-2023.
GI - Dirección.
GII - Gestión y desarrollo.
GIII - Técnicos.
GIV - Técnicos base.
Categoría
Salario base 1 de abril de 2022 - 31 de marzo de 2023
×14
Año
Dirección.
1.801,75
25.224,49
Jefe operaciones.
1.340,91
18.772,71
Gestión y control.
1.267,18
17.740,59
Consultor.
1.126,12
15.765,73
Analista.
1.000,00
14.000,00
Consultor TECH.
1.267,18
17.740,59
Analista TECH.
1.134,49
15.882,91
Operador.
1.000,00
14.000,00
cve: BOE-A-2023-342
Verificable en https://www.boe.es
Grupo
Núm. 4
Jueves 5 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 2084
Don Ángel Baltasar.
Doña Carmen Gómez.
En tal sentido, han acordado las siguientes modificaciones del articulado del
convenio colectivo:
Primero.
Artículo 26.
Tablas salariales.
El punto 1 queda redactado de la siguiente manera:
«Los salarios base pactados en el presente convenio para el año 2022 y 2023,
en cómputo anual, por grupos y categorías profesionales vigentes, serán los
establecidos en el anexo I, tabla salarial años 2022 y 2023, de este convenio. La
fecha de aplicación de dichas tablas será desde el 1 de abril de 2022».
Segundo.
Artículo 44.
Compensación Teletrabajo - Ayuda al transporte.
El artículo 44 del convenio se modifica en su totalidad pasando a llamarse
«Compensación Teletrabajo – Ayuda al transporte» quedando redactado de la siguiente
manera:
«Se acuerda abonar una compensación de los gastos de desplazamiento a
través de una tarjeta de ticket transporte. Esta tarjeta será para todas las
categorías, con independencia de las distancias que puedan existir entre el centro
de trabajo y el domicilio del trabajador/a. Dicho plus tendrá la cuantía de 25.000
euros anuales a repartir entre los empleados que:
No dispongan de coche de compañía.
No dispongan de plaza de garaje asignada.
El importe concreto de compensación a abonar a cada persona trabajadora se
determinará teniendo en cuenta el tiempo de servicios prestados entre el 1 de abril
de 2021 y el 31 de marzo de 2022, el número de personas trabajadoras de la
compañía beneficiarias de esta compensación y que continúen en plantilla de la
compañía a fecha 30 de septiembre de 2022».
Tercero.
Publicación del anexo I: tabla salarial años 2022-2023.
GI - Dirección.
GII - Gestión y desarrollo.
GIII - Técnicos.
GIV - Técnicos base.
Categoría
Salario base 1 de abril de 2022 - 31 de marzo de 2023
×14
Año
Dirección.
1.801,75
25.224,49
Jefe operaciones.
1.340,91
18.772,71
Gestión y control.
1.267,18
17.740,59
Consultor.
1.126,12
15.765,73
Analista.
1.000,00
14.000,00
Consultor TECH.
1.267,18
17.740,59
Analista TECH.
1.134,49
15.882,91
Operador.
1.000,00
14.000,00
cve: BOE-A-2023-342
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