III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-136)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Privada Internacional de Catalunya, para el desarrollo de prácticas académicas externas de sus estudiantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Miércoles 4 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 985
convenio se perfecciona por el consentimiento prestado por las partes y resultará eficaz
una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles, en el Registro Electrónico Estatal de
órganos e instrumentos de cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será
publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado».
La vigencia de este convenio será de cuatro años, pudiendo prorrogarse en cualquier
momento antes de su finalización por acuerdo unánime de los firmantes por un nuevo
período de hasta cuatro años
Decimoquinta.
Causas de extinción.
Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
De acuerdo con el apartado 3 del artículo 52 de la citada Ley 40/2015, si cuando
concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en
curso de ejecución, las partes, a propuesta de los responsables del seguimiento y control
de la ejecución del presente convenio, podrán acordar la continuación y finalización de
las actuaciones en curso que consideren necesarias dentro del plazo improrrogable de
un año a contar desde la fecha de la citada resolución, en los términos previstos en dicho
artículo.
Decimosexta. Régimen de modificación del convenio.
El convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes.
cve: BOE-A-2023-136
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro
del Interior, por delegación, la Subsecretaria del Ministerio del Interior, Isabel Goicoechea
Aranguren.–El Rector de la Universidad Internacional de Catalunya, Alfonso Méndiz
Noguero.
Núm. 3
Miércoles 4 de enero de 2023
Sec. III. Pág. 985
convenio se perfecciona por el consentimiento prestado por las partes y resultará eficaz
una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles, en el Registro Electrónico Estatal de
órganos e instrumentos de cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será
publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado».
La vigencia de este convenio será de cuatro años, pudiendo prorrogarse en cualquier
momento antes de su finalización por acuerdo unánime de los firmantes por un nuevo
período de hasta cuatro años
Decimoquinta.
Causas de extinción.
Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
De acuerdo con el apartado 3 del artículo 52 de la citada Ley 40/2015, si cuando
concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en
curso de ejecución, las partes, a propuesta de los responsables del seguimiento y control
de la ejecución del presente convenio, podrán acordar la continuación y finalización de
las actuaciones en curso que consideren necesarias dentro del plazo improrrogable de
un año a contar desde la fecha de la citada resolución, en los términos previstos en dicho
artículo.
Decimosexta. Régimen de modificación del convenio.
El convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes.
cve: BOE-A-2023-136
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro
del Interior, por delegación, la Subsecretaria del Ministerio del Interior, Isabel Goicoechea
Aranguren.–El Rector de la Universidad Internacional de Catalunya, Alfonso Méndiz
Noguero.