II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo Técnico de Hacienda. (BOE-A-2023-72)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, para ingreso en el Cuerpo Técnico de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de enero de 2023

Sec. II.B. Pág. 507

4.10 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
4.11 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos que sea estrictamente
necesario.
4.12 Para el desarrollo de los ejercicios que se celebren en sedes descentralizadas,
el Tribunal podrá adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para el
uso de los medios electrónicos o telemáticos necesarios, incluidos los audiovisuales, y
contar con el apoyo administrativo necesario en dichas sedes para llevar a cabo la
realización de los mismos.
4.13 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, sito en la calle Lérida, n.º 32-34, 28020 Madrid.
5.

Solicitudes

5.1 De acuerdo con la Resolución de 19 de julio de 2019, de la Presidencia de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la obligatoriedad de la
inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos y
especialidades adscritos a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE del 29) y
con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, la presentación de solicitudes de admisión a las pruebas selectivas y el pago
de las tasas de derechos de examen se realizará por vía telemática a través de la sede
electrónica de la Agencia Tributaria, en la forma establecida en la base 5.3.
5.2 El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la
Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de
examen (modelo 791), aprobado por Resolución de 17 de julio de 2020 (BOE del 22), de la
Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se encuentra a
disposición
de
los
interesados
en
la
dirección
de
Internet
https://
sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria/gestiones-trabajar-aeat.html
La solicitud se cumplimentará electrónicamente de acuerdo con su contenido y las
instrucciones del anexo IV, siguiendo lo previsto en la guía para la cumplimentación de
solicitudes de participación en procesos selectivos, disponible en la citada dirección electrónica.
5.3 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por vía telemática con
certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», a través de la sede
electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ubicada en la dirección de
Internet citada en el punto anterior.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea en el modelo oficial (obligatorio).
– Anexar documentos a la solicitud (opcional).
– El pago electrónico de las tasas, si procede (obligatorio).
– El registro electrónico de la solicitud (obligatorio).
– La modificación, durante el plazo de inscripción, de la solicitud registrada (opcional).
– La subsanación de la solicitud, en su caso, durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos relacionados con la causa de
exclusión, y/o adjuntar la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento
ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de
presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria, lo que, en su
caso, se publicará, en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los

cve: BOE-A-2023-72
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Núm. 2