II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal funcionario y laboral. (BOE-A-2022-24483)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para la estabilización de empleo temporal a través del sistema selectivo de ingreso mediante concurso de méritos en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 193819

www.administracion.gob.es. Asimismo, a efectos de comunicaciones y demás
incidencias la dirección de correo electrónico es: procesosselectivos@inclusion.gob.es.
En todo caso sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
7.

Norma final

Al presente proceso selectivo le será de aplicación el Real Decreto 408/2022, de 24
de mayo (BOE de 25 de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para
la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado
correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
presente Resolución.
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de
Sanidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente su
publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En
el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.
Madrid, 30 de diciembre de 2022.–El Subsecretario de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, Alberto José Sereno Álvarez.
ANEXO I
Valoración de méritos de la fase de concurso
1.

Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social

a) Méritos profesionales: Se valorarán los servicios efectivos prestados hasta la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en la
convocatoria, hasta un máximo de 60 puntos, computándose por cada mes completo de
desempeño de funciones de Letrado/Letrada de la Administración de la Seguridad Social
o Letrado Asesor Jurídico dentro del ámbito del Servicio Jurídico de la Seguridad
Social 0,30 puntos.
Por cada mes completo de servicios efectivos prestados desempeño funciones de
Letrado/Letrada en otras administraciones públicas incluidas las de los estados
miembros de la unión europea y aquellas otras que, en virtud de tratados internacionales
celebrados por la unión europea y ratificados por España sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores: 0,10 puntos.

cve: BOE-A-2022-24483
Verificable en https://www.boe.es

Puesto convocado: Un Letrado/Letrada, nivel 26 en la Dirección Provincial del INSS
de Soria.
Valoración de méritos: Esta fase tendrá una valoración máxima de 100 puntos de
acuerdo con el siguiente baremo: