II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Escala Especialista Técnico de Organismos Autónomos. (BOE-A-2022-24478)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal para la Escala Especialista Técnico de Organismos Autónomos a extinguir, especialidad Sanidad y Consumo.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193746
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión de la persona aspirante.
4.9 En ningún caso el pago de la tasa de los derechos de concurso o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo
supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en el
proceso selectivo en tiempo y forma.
4.10 Las personas aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos
deberán presentar la siguiente documentación adicional:
a) Las personas aspirantes incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base
décima.1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud
los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.
b) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles
en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la
base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
5.
Tribunal
5.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo II
de esta convocatoria. Se publicará un breve currículum profesional de sus miembros en
el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y en el portal del Ministerio
de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).
5.2 El tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de
oportunidades entre ambos sexos, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
española.
5.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de
que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su
exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible
concurrencia de esta circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se
resuelva al respecto.
5.5 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la fase de concurso, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
5.6 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de
sus reuniones deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de
las calificaciones otorgadas a cada criterio del concurso y actuará de acuerdo con lo
establecido en la oferta de empleo público, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
En las actas del tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones
otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de la
convocatoria.
El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número
superior de aprobados al de plazas convocadas.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en
Avenida de Cantabria, 52, 28042 Madrid y la dirección de correo electrónico de contacto
será estabilización@consumo.gob.es
6.
Desarrollo del proceso selectivo
6.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
cve: BOE-A-2022-24478
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193746
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión de la persona aspirante.
4.9 En ningún caso el pago de la tasa de los derechos de concurso o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo
supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en el
proceso selectivo en tiempo y forma.
4.10 Las personas aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos
deberán presentar la siguiente documentación adicional:
a) Las personas aspirantes incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base
décima.1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud
los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.
b) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles
en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la
base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
5.
Tribunal
5.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo II
de esta convocatoria. Se publicará un breve currículum profesional de sus miembros en
el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y en el portal del Ministerio
de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).
5.2 El tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de
oportunidades entre ambos sexos, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
española.
5.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de
que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su
exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible
concurrencia de esta circunstancia para que, previas las comprobaciones necesarias, se
resuelva al respecto.
5.5 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de la fase de concurso, adoptando al
respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
5.6 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de
sus reuniones deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de
las calificaciones otorgadas a cada criterio del concurso y actuará de acuerdo con lo
establecido en la oferta de empleo público, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
En las actas del tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones
otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de la
convocatoria.
El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número
superior de aprobados al de plazas convocadas.
5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en
Avenida de Cantabria, 52, 28042 Madrid y la dirección de correo electrónico de contacto
será estabilización@consumo.gob.es
6.
Desarrollo del proceso selectivo
6.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
cve: BOE-A-2022-24478
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314