II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2022-24484)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral de los buques "Esperanza del Mar" y "Juan de la Cosa", del Instituto Social de la Marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 193847

ANEXO VI
Cuadro de exclusiones médicas
1. Visión. No se considerarán aptas aquellas personas cuya agudeza visual
binocular, sin gafas o lentillas, sea menor a 0,33 (0,2 en el ojo de menor visión) y con
gafas o lentillas sea inferior a 0,8. También serán excluidas las personas que padezcan:
1. Retinopatía.
2. Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria.
3. Diplopía.
4. Glaucoma. Hemianopsia.
5. Subluxación del cristalino, afaquia.
6. Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual.
7. Queratitis crónica. Hemeralopia.
8. Discromatopsia y Daltonismo. La prueba se realizará sin gafas o lentillas
cromáticas.
2.

Audición. No serán aptas aquellas personas que presenten:

1. Sordera completa de ambos oídos, o incompleta permanente, que produzca una
disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 dB (decibelios) en el oído de menor
agudeza auditiva, en la zona tonal media.
2. Afecciones del laberinto, acompañadas de trastornos del equilibrio (vértigo, etc.).
3.

Aparato locomotor. No serán aptas las personas que presenten:

1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan
permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir
la fuerza y agilidad de las extremidades, tronco y cuello o su repercusión estática.
2. Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.
4.

Endocrino. Serán excluidas aquellas personas que presenten:

1.
2.

Delgadez extrema: con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18.
Obesidad: con índice de masa corporal (IMC) superior a 34.

5.

Aparato digestivo. No serán aptas aquellas personas que padezcan:

1. Cirrosis hepática.
2. Enfermedad inflamatoria intestinal crónica.
3. Pancreatitis crónica.
Aparato cardiovascular. No serán aptas las personas con:

1. Insuficiencia cardiaca.
2. Haber padecido infarto de miocardio o coronariopatía.
3. Arritmias: fibrilación auricular. Síndrome de preexcitación.
4. Valvulopatías y prótesis valvulares.
5. Aneurismas de grandes vasos.
6. Insuficiencias venosas periféricas, con signos de alteraciones tróficas y
varicosas.
7. Aparato respiratorio. No serán aptas aquellas personas que padezcan
enfermedades neumológicas (pulmonares) que tengan repercusión en la función
respiratoria. La función pulmonar se definirá por medio de la espirometría y serán
excluidas las personas con una capacidad ventilatoria inferior al 80 % de las cifras de
referencia.

cve: BOE-A-2022-24484
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6.