II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2022-24484)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral de los buques "Esperanza del Mar" y "Juan de la Cosa", del Instituto Social de la Marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022

N.º total de
plazas

Categoría

Electricista Naval.

1

Total.

Titulación académica
requerida

Bachillerato, BUP, FP de
Técnico Superior o
Técnico Especialista o
equivalente.

Titulación profesional
mínima requerida (*)

Marinero electrotécnico
(Convenio STCW).

Sec. II.B. Pág. 193839

Certificados de Especialidad Marítima requeridos
en vigor

– Certificado Avanzado en la Lucha Contra
Incendios.
– Certificado de Supervivencia en la Mar y Botes de
Rescate (No Rápidos).
– Certificado de Formación Sanitaria Específica
Avanzada.
– Certificado de Formación Básica en Seguridad.
– Certificado de Formación Básica en Protección
Marítima.

2

(*) Para poder ocupar cada una de las citadas plazas se deberá reunir los requisitos adicionales previstos en el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio.

Además, y con carácter general, deberán estar en posesión de la Libreta Marítima y
de los títulos y certificados en vigor, fijados por la Autoridad Marítima para poder
embarcar, de conformidad con el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio (modificaciones
en Real Decreto 938/2014, de 7 de noviembre y Real Decreto 80/2014, de 7 de febrero),
la Orden FOM/2296/2002, de 4 de septiembre y en el Real Decreto 258/1999
(modificaciones en Orden PRE/568/2009, de 5 de marzo, de 12 de febrero, desarrollado
en la Orden PRE/646/2004, de 5 de marzo, Resolución de 16 de noviembre de 2010, de
la Dirección General de la Marina Mercante, Resolución de 14 de noviembre de 2016, de
la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se determinan las condiciones de
obtención de los certificados de suficiencia de los marineros de la Marina Mercante
(corrección de errores en Resolución de 28 de diciembre de 2016, de la Dirección
General de la Marina Mercante y Real Decreto 109/2010, de 5 de febrero RD 109/2010).
2.

Funciones.

Primer Oficial de Máquinas: funciones a nivel de gestión.
Oficial que, a las órdenes del Jefe de Máquinas, dirige a todo el personal de
máquinas y ejerce todas aquellas funciones de carácter técnico inherentes a su título.
Sustituye al Jefe de Máquinas en los casos de ausencia o enfermedad. Realiza guardias
de navegación y puerto. Asistencias mecánicas y eléctricas a otros buques. Lucha contra
la contaminación. Control del funcionamiento de la maquinaria y mantenimiento
preventivo de la misma. Integrante del grupo de máquinas para casos de emergencia.
Otros trabajos encomendados por el Capitán o el Jefe de Máquinas.
Función: Maquinaria naval, a nivel de gestión.
a) Gestión del funcionamiento de la maquinaria de la instalación de propulsión.
b) Planificar y programar las operaciones.
c) Funcionamiento, vigilancia, evaluación del rendimiento y mantenimiento de la
seguridad de la instalación de propulsión y la maquinaria auxiliar.
d) Gestionar las operaciones de combustible, lubricación y lastre.

e) Gestionar el funcionamiento del equipo de control eléctrico y electrónico.
f) Gestionar la localización y corrección de fallos del equipo de control eléctrico y
electrónico para ponerlo en condiciones de funcionamiento.

cve: BOE-A-2022-24484
Verificable en https://www.boe.es

Función: Instalaciones eléctricas, electrónicas y de control, a nivel de gestión.