II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Personal laboral. (BOE-A-2022-24472)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por acceso libre como personal laboral fijo en puestos de personal laboral fijo fuera de Convenio denominados asesor especialista de salud mental, piloto comercial de aeronave de ala fija, responsable de asistencia religiosa y responsable del servicio médico a través de concurso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 193650

ANEXO V
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, la presentación de la
instancia se realizará obligatoriamente por vías electrónicas. A tal efecto, se realizará a
través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso
General, https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias.
La solicitud se deberá cumplimentar y presentar de acuerdo con el modelo oficial 790, en
el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias),
siguiendo las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro «Centro Gestor»: Se consignará «Subsecretaría del Interior».
En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», se consignará
«Fuera de Convenio».
En el recuadro 16, se consignará el «Grupo Profesional» al que se opta.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «Estabilización de empleo
temporal».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará
«Subsecretaría del Interior».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la reseña por la que se anuncia la convocatoria.
En el recuadro 21, «Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el
porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el
recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se
posea y que habilite para presentarse a las pruebas.
En el recuadro 26, «Otros títulos», se consignará, en su caso, la posesión de la
formación específica exigida en los anexos II y III de la convocatoria.
En el recuadro 27, apartado B, las personas aspirantes deberán consignar la
modalidad de estabilización a la que optan, concurso o concurso-oposición.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros.
Para los miembros de familias numerosas de categoría general, la tasa por derechos
de examen es de 15,55 euros.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento
explícito de la persona solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición
mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones
Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute
de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La condición de demandante de empleo deberá verificarse, en todo caso y con el
consentimiento de la persona solicitante, por el órgano gestor mediante el acceso a la

cve: BOE-A-2022-24472
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 314