II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-24467)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan plazas para la estabilización de empleo temporal de larga duración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 193551

La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial 790.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La impugnación de las actuaciones en el proceso selectivo.
5.2 En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la ampliación del
plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación sustitutoria en papel cuando
una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento
ordinario de los sistemas.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060 o enviar un correo a la dirección:
cau.060@correo.gob.es.
5.3 En el caso de que no sean posible realizar la inscripción electrónica por los
aspirantes que la cursen en el extranjero, estos podrán presentarla a través de las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas
se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en
la cuenta corriente ES94 2100 57317702 0030 0003 de la entidad bancaria CaixaBank a
nombre de la AECID.
5.4 El plazo para su presentación será de veinte días hábiles contado a partir del día
siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.5 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
5.6 El importe de las tasas por derechos de examen ascenderá con carácter
ordinario a 30,10 euros y para las familias numerosas de categoría general de 15,05
euros y su pago se hará del siguiente modo:
El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas
Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los
términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia del
correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC)
emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del
interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la
Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a
través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

cve: BOE-A-2022-24467
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Núm. 314