II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-24479)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, titulado/a Medio fuera de Convenio en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 193758

la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» núm. 174, de 22 de
julio), por la que se aprueban las bases comunes que han de regir los procesos de
selección del personal en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado,
que serán los siguientes:
3.1

Nacionalidad:

a) Tener nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los
ascendientes directos y los de su cónyuge que vivan a su cargo, sus descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrfos anteriores se encuentren
con residencia legal en España.

3.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores.
3.3 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
3.4 Titulación: Estar en posesión del título clasificado en el Nivel 2 del Marco
Español de Cualificaciones para la Educación Superior o equivalentes.
Quienes hayan obtenido dicha titulación en el extranjero deberán acreditar, en el
plazo previsto en el apartado 8.1 para la entrega de la documentación, estar en posesión
del correspondiente certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su
caso, su homologación.
3.5 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3.6 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
4.

Solicitudes

4.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial,
al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la
siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, o de los registros electrónicos para
la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se
establezcan.

cve: BOE-A-2022-24479
Verificable en https://www.boe.es

Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los
incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el
apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de
identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. Los demás
candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones
que se alegan.