II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-24479)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, titulado/a Medio fuera de Convenio en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193761
currículum y que dispone de documentación que así lo acredita, que será puesta a
disposición del tribunal cuando le sea requerida.
Los documentos acreditativos del CV deberán estar bien disponibles en abierto,
preferiblemente en un repositorio digital, indicándose en dicho caso la referencia
completa, o bien presentarse en su totalidad, desestimándose aquellos de los que solo
se incluya una parte o no tengan calidad suficiente para su lectura.
4.6.2 Copia auténtica de la titulación requerida para acceder a la plaza a la que se
opta. Los/Las aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar, en
el plazo previsto en la base 4.4 copia auténtica de la credencial que acredite, en su caso,
la homologación de dichos estudios o copia auténtica de la correspondiente certificación
de equivalencia de su título.
4.6.3 Certificado académico, correspondiente a la titulación requerida para acceder
a la plaza a la que se opta, en el que deberá figurar el sello de la unidad que lo expide y
firma de su responsable, la fecha en la que se han finalizado los estudios.
Alternativamente, en lugar de firma y sello, serán válidos los certificados que dispongan
de firma electrónica o sistema de verificación seguro.
4.6.4 Documentación acreditativa de los méritos de las personas aspirantes que
deseen que se les valoren. Los méritos alegados deberán poseerse a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán estar oportunamente
documentados y certificados para ser valorados.
4.6.5 Para quienes se presenten por el turno de reserva previsto en el apartado 1,
con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten
adapatación de tiempo y/o medios medios, deberán aportar certificación acreditativa
correspondiente emitida por el órgano Técnico de Valoración. Este archivo deberá
identificarse con la denominación siguiente: «Certificación, apellidos y nombre del
candidato».pdf.
4.6.6 Documento acreditativo de nacionalidad. Están exentos de aportar
documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 3.1.a), asi
como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 3.1.b), siempre que
autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el
Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
La no presentación de la citada documentación supodrá la exclusión del candidato/a.
4.7 Cualquier alteración fraudulenta de los documentos presentados supondrá la
pérdida del derecho a poder ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su
instancia o en la documentación aportada con ella.
4.8 Quienes tengan la condición de funcionarios/as de Organismos Internacionales
deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter
excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las
correspondientes pruebas.
5.
Admisión de aspirantes
5.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante
dictará resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos.
En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el Punto de
Acceso General: www.administracion.gob.es; en la página web del Ministerio de Ciencia
e Innovación, www.ciencia.gob.es y en la del CIEMAT www.ciemat.es. Se señalará un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a su publicación, para
subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de dichas listas y se
determinará el lugar, fecha y hora de realización de la primera fase del concurso. Este
plazo no podrá utilizarse, en ningún caso, para añadir, completar o modificar la
documentación aportada con la solicitud inicial.
5.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones,
éstas se expondrán en el Punto de Acceso General: www.administracion.gob.es; las páginas
cve: BOE-A-2022-24479
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193761
currículum y que dispone de documentación que así lo acredita, que será puesta a
disposición del tribunal cuando le sea requerida.
Los documentos acreditativos del CV deberán estar bien disponibles en abierto,
preferiblemente en un repositorio digital, indicándose en dicho caso la referencia
completa, o bien presentarse en su totalidad, desestimándose aquellos de los que solo
se incluya una parte o no tengan calidad suficiente para su lectura.
4.6.2 Copia auténtica de la titulación requerida para acceder a la plaza a la que se
opta. Los/Las aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán aportar, en
el plazo previsto en la base 4.4 copia auténtica de la credencial que acredite, en su caso,
la homologación de dichos estudios o copia auténtica de la correspondiente certificación
de equivalencia de su título.
4.6.3 Certificado académico, correspondiente a la titulación requerida para acceder
a la plaza a la que se opta, en el que deberá figurar el sello de la unidad que lo expide y
firma de su responsable, la fecha en la que se han finalizado los estudios.
Alternativamente, en lugar de firma y sello, serán válidos los certificados que dispongan
de firma electrónica o sistema de verificación seguro.
4.6.4 Documentación acreditativa de los méritos de las personas aspirantes que
deseen que se les valoren. Los méritos alegados deberán poseerse a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán estar oportunamente
documentados y certificados para ser valorados.
4.6.5 Para quienes se presenten por el turno de reserva previsto en el apartado 1,
con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33% que soliciten
adapatación de tiempo y/o medios medios, deberán aportar certificación acreditativa
correspondiente emitida por el órgano Técnico de Valoración. Este archivo deberá
identificarse con la denominación siguiente: «Certificación, apellidos y nombre del
candidato».pdf.
4.6.6 Documento acreditativo de nacionalidad. Están exentos de aportar
documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado 3.1.a), asi
como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado 3.1.b), siempre que
autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el
Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
La no presentación de la citada documentación supodrá la exclusión del candidato/a.
4.7 Cualquier alteración fraudulenta de los documentos presentados supondrá la
pérdida del derecho a poder ser contratado, quedando anuladas todas las actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su
instancia o en la documentación aportada con ella.
4.8 Quienes tengan la condición de funcionarios/as de Organismos Internacionales
deberán acompañar a la solicitud las certificaciones de homologación o, con carácter
excepcional, presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración de las
correspondientes pruebas.
5.
Admisión de aspirantes
5.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante
dictará resolución declarando aprobadas las listas de aspirantes admitidos y excluidos.
En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en el Punto de
Acceso General: www.administracion.gob.es; en la página web del Ministerio de Ciencia
e Innovación, www.ciencia.gob.es y en la del CIEMAT www.ciemat.es. Se señalará un
plazo de diez días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a su publicación, para
subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de dichas listas y se
determinará el lugar, fecha y hora de realización de la primera fase del concurso. Este
plazo no podrá utilizarse, en ningún caso, para añadir, completar o modificar la
documentación aportada con la solicitud inicial.
5.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones,
éstas se expondrán en el Punto de Acceso General: www.administracion.gob.es; las páginas
cve: BOE-A-2022-24479
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314