III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cantabria. Convenio. (BOE-A-2022-24663)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cantabria, para colaborar en la organización e impartición del título conjunto de "Máster Interuniversitario en física de partículas y del cosmos".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 194455

Para ello cuentan con el personal académico, con el personal administrativo, y con
los recursos materiales y servicios necesarios para organizar e impartir el plan de
estudios de la titulación.
VII. Que ambas universidades coinciden en considerar oportuno mantener la
participación en la docencia y financiación del Máster de la Agencia Estatal Consejo
Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), como organismo de investigación de
referencia dentro del sector público español, por lo que ambas instituciones trabajarán en
ese sentido, y especialmente la UIMP, a través del convenio que esta universidad tiene
suscrito con el CSIC para la impartición de enseñanzas de posgrado.
Por todo lo expuesto, para determinar las condiciones de la colaboración, y para dar
cumplimiento a los requerimientos establecidos por la normativa vigente, acuerdan
suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer las condiciones de la colaboración
entre la UC y la UIMP para la organización e impartición del «Máster Interuniversitario en
física de partículas y del cosmos» –en lo sucesivo el Máster–, que será impartido
conjuntamente por ambas universidades.
Organización y coordinación del Máster.

1. Las Universidades firmantes participan en calidad de socios en el plan de
estudios del Máster. La coordinación del programa corresponderá a la UC, que es
designada asimismo como responsable de la presentación de la memoria en los diversos
procedimientos de aseguramiento de la calidad establecidos en el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, incluidos los procedimientos para renovar la
acreditación como titulación oficial.
2. A este convenio se podrán adherir otras universidades siempre que exista
unanimidad entre las universidades firmantes. La adhesión se llevará a cabo mediante la
firma de un acto de adhesión según el modelo que se adjunta como anexo I y será eficaz
desde la inscripción del mismo en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
3. El plan de estudios del Máster es el que se recoge en el anexo II a este
convenio.
4. Las modificaciones en el plan de estudios se realizarán de común acuerdo entre
todas las universidades participantes –inicialmente firmantes y posteriormente
adheridas-, atendiendo a la normativa vigente en cada momento. Asimismo, el citado
anexo II podrá también sufrir variaciones como consecuencia de los distintos
procedimientos de revisión de la calidad, por exigencia de la ANECA o del Ministerio de
Universidades. El nuevo plan de estudios se recogerá en una adenda que se unirá a este
convenio, previa la tramitación administrativa exigida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
5. Los responsables del desarrollo académico del Máster serán la Facultad de
Ciencias en la Universidad de Cantabria y el Vicerrectorado de Postgrado, Investigación
y Formación Permanente de la UIMP. En el caso de adhesión de otras universidades,
estas identificarán los responsables del desarrollo del Máster en dicha institución.
6. Para garantizar el correcto desarrollo del Máster, se constituirá una comisión
académica del Máster formada por profesores, que incluya representación de la UC, del
CSIC, de la UIMP y, en su caso, de las universidades posteriormente adheridas al
convenio, con composición paritaria entre dichas instituciones. El profesorado del CSIC
formará parte de dicha comisión en la medida en que el profesorado imparta docencia en
el Máster, en virtud del convenio referido en el manifiesto VII. Esta comisión será

cve: BOE-A-2022-24663
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.