V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. (BOE-B-2022-41295)
Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2022, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba, por el procedimiento de trámite anticipado, la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas del ámbito sectorial del Turismo, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. V-B. Pág. 63830
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
41295
Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2022, del Servicio
Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba, por el procedimiento
de trámite anticipado, la convocatoria para la conce sión de
subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de
ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas del
ámbito sectorial del Turismo, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
BDNS(Identif.):667763
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
667763)
Primero. Entidades solicitantes: requisitos y acreditación.
1.- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta
convocatoria:
a) Las entidades de formación, públicas o privadas, debidamente inscritas en el
Registro correspondiente con presencia en más de una Comunidad Autónoma o
ciudad con Estatuto de Autonomía, titulares de aulas o instalaciones para
formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las
especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades
autónomas.
Podrán actuar también como entidades de formación, siempre que se inscriban
en el correspondiente registro, y dispongan de las instalaciones que permitan la
impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos
comunidades autónomas las siguientes:
- Centros integrados públicos de formación profesional.
- Centros públicos del Sistema Nacional de Empleo Y Centros de Referencia
Nacional.
- Centros públicos de formación de adultos.
- Universidades públicas.
Las empresas podrán solicitar subvención para la impartición de formación,
cuando estén inscritas para ello y dispongan de las instalaciones inscritas que
permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos,
dos comunidades autónomas.
b) Las agrupaciones previstas en el artículo 6.2 de la Orden TMS/368/2019, de
28 de marzo, con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con
Estatuto de Autonomía, constituidas por entidades de formación debidamente
inscritas en el Registro correspondiente, titulares de aulas o instalaciones para
formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las
especialidades formativas que solicitan en al menos dos comunidades autónomas.
cve: BOE-B-2022-41295
Verificable en https://www.boe.es
- Federaciones y Asociaciones de Entidades locales.
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
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MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
41295
Extracto de la Resolución de 29 de diciembre de 2022, del Servicio
Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba, por el procedimiento
de trámite anticipado, la convocatoria para la conce sión de
subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de
ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas del
ámbito sectorial del Turismo, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
BDNS(Identif.):667763
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
667763)
Primero. Entidades solicitantes: requisitos y acreditación.
1.- Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta
convocatoria:
a) Las entidades de formación, públicas o privadas, debidamente inscritas en el
Registro correspondiente con presencia en más de una Comunidad Autónoma o
ciudad con Estatuto de Autonomía, titulares de aulas o instalaciones para
formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las
especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades
autónomas.
Podrán actuar también como entidades de formación, siempre que se inscriban
en el correspondiente registro, y dispongan de las instalaciones que permitan la
impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos
comunidades autónomas las siguientes:
- Centros integrados públicos de formación profesional.
- Centros públicos del Sistema Nacional de Empleo Y Centros de Referencia
Nacional.
- Centros públicos de formación de adultos.
- Universidades públicas.
Las empresas podrán solicitar subvención para la impartición de formación,
cuando estén inscritas para ello y dispongan de las instalaciones inscritas que
permitan la impartición de las especialidades formativas que solicitan en, al menos,
dos comunidades autónomas.
b) Las agrupaciones previstas en el artículo 6.2 de la Orden TMS/368/2019, de
28 de marzo, con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con
Estatuto de Autonomía, constituidas por entidades de formación debidamente
inscritas en el Registro correspondiente, titulares de aulas o instalaciones para
formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las
especialidades formativas que solicitan en al menos dos comunidades autónomas.
cve: BOE-B-2022-41295
Verificable en https://www.boe.es
- Federaciones y Asociaciones de Entidades locales.