II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-23847)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, Titulado/a Superior fuera de Convenio en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Instituto de Salud Carlos III.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 192168
La presentación por esta vía permitirá:
–
–
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–
La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del
interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la
Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a
través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, por el órgano gestor mediante acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio
de Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de
demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los
servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará
mediante certificación de la declaración presentada del impuesto sobre la Renta de la
cve: BOE-A-2022-23847
Verificable en https://www.boe.es
La documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 4.5 y 4.6, se
debe remitir junto con la instancia de participación, lo podrán hacer anexándola, en
documento pdf, a la instancia de participación telemática.
En caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción, se deberá enviar un correo electrónico a la dirección que aparece en la
aplicación https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias Apartado «Contacto»:
cau.060@correo.gob.es
Las instancias de participación suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de
las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las
mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de
examen en la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN,
ES06; código BIC: BBVAESMMXXX), del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a
nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este
sistema de pago solo será válido para las instancias de participación que sean cursadas
en el extranjero.
Las instancias de participación se dirigirán, como órgano convocante, a la
Subsecretaría del Ministerio de Ciencia e Innovación.
4.3 El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general,
de 31,10 euros, y para las familias numerosas de categoría general de 15,55 euros.
El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips)
en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de
correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC)
emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
Estarán exentos del pago de esta tasa:
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 192168
La presentación por esta vía permitirá:
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La inscripción en línea del modelo oficial.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del
interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la
Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a
través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un
mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención
que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se
hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción,
formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición
expresa del interesado, por el órgano gestor mediante acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio
de Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de
demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los
servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará
mediante certificación de la declaración presentada del impuesto sobre la Renta de la
cve: BOE-A-2022-23847
Verificable en https://www.boe.es
La documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 4.5 y 4.6, se
debe remitir junto con la instancia de participación, lo podrán hacer anexándola, en
documento pdf, a la instancia de participación telemática.
En caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción, se deberá enviar un correo electrónico a la dirección que aparece en la
aplicación https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias Apartado «Contacto»:
cau.060@correo.gob.es
Las instancias de participación suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de
las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las
mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de
examen en la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN,
ES06; código BIC: BBVAESMMXXX), del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a
nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este
sistema de pago solo será válido para las instancias de participación que sean cursadas
en el extranjero.
Las instancias de participación se dirigirán, como órgano convocante, a la
Subsecretaría del Ministerio de Ciencia e Innovación.
4.3 El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general,
de 31,10 euros, y para las familias numerosas de categoría general de 15,55 euros.
El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips)
en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de
correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC)
emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
Estarán exentos del pago de esta tasa: