II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Personal laboral. (BOE-A-2022-23855)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal derivado de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, para el acceso a la condición de personal laboral fuera de convenio, a través del procedimiento de concurso extraordinario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 192271

Séptima. Desarrollo del proceso selectivo.
1. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de veinte días hábiles desde la
publicación de estas bases en el BOE para presentar la documentación acreditativa de
los méritos que deseen que se les valore en el concurso. Todo ello atendiendo a los
méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo II.
2. El Tribunal publicará, en los medios citados en la base segunda, la relación que
contenga la valoración provisional de méritos del concurso, con indicación de la
puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la
publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho
plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva del concurso.
3. El Tribunal, si tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no
cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la
persona interesada deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante
Octava. Superación del proceso selectivo.
1. Finalizada la fase del concurso, la persona que ostente la Presidencia del
Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido
la mayor puntuación en cada una de las plazas convocadas.
2. Para superar este proceso selectivo y poder obtener alguna de las plazas
convocadas se debe alcanzar una puntuación mínima igual o superior a 15 puntos.
3. Dicha relación se publicará en los medios citados en la base segunda,
disponiendo las primeras personas aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el
número de plazas convocadas, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación
de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Además, en el caso de extranjeros, deberán acreditar un conocimiento del idioma
español mediante la presentación de la documentación relativa a la posesión del
Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera, establecido por el Real
Decreto 1237/2002, de 31 de octubre, o la posesión del Certificado de Aptitud en
Español para Extranjeros, expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
4. No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas
convocadas.
5. La adjudicación de las plazas a las personas aspirantes que superen el proceso
selectivo se efectuará según la petición de las mismas de acuerdo con la puntuación
total obtenida. Las características de las plazas que se ofertan vienen detalladas en el
anexo I de la presente convocatoria.
6. El personal de nuevo ingreso de las plazas convocadas tendrá que superar un
período de prueba de tres meses. Durante este período, la unidad de personal
correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo y, en su caso,
poner fin a la relación laboral sin que ninguna de las partes tenga derecho a
indemnización alguna. Quedan exentos del período de prueba las personas trabajadoras
que hayan ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad, bajo cualquier
modalidad de contratación.
7. En el caso de que alguna de las personas aspirantes no presente la
documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos
exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al
correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea
desfavorable, la plaza se adjudicará a la siguiente persona aspirante de la relación a la
que se refiere la base 7.1 que no hubiese obtenido plaza y según el número de orden
obtenido.

cve: BOE-A-2022-23855
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Núm. 313