III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Marina mercante. Titulaciones de recreo. (BOE-A-2022-24392)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se convocan, para 2023, exámenes teóricos ordinarios para la obtención de titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 192996
En el supuesto de no especificar la convocatoria en la que se matricula el interesado,
será incluido en la ordinaria siguiente a la fecha de formalización de la inscripción.
5.
Desarrollo de las pruebas
En el momento de acceso al ejercicio, a petición del Secretario del Tribunal se podrá
pedir al candidato que presente copia del justificante de pago de la tasa de matriculación,
debidamente sellado por una entidad bancaria o bien con el código NRC que identifica
los pagos realizados con DNI electrónico o certificado digital a través de la sede
electrónica, por lo que deberán acudir al examen con dicho justificante.
6.
Cuantía de las tasas
Las tasas por derechos de examen, para la obtención de las titulaciones para el
gobierno de embarcaciones de recreo, serán las contempladas en el artículo 22 de la
Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social,
que estén vigentes para el año 2023, de acuerdo con lo establecido en los presupuestos
generales del Estado en vigor, siendo sus cuantías en el momento de la publicación de
esta resolución las que se indican a continuación, y que previsiblemente sufrirán
variación a primeros de año:
Tasas:
Capitán de yate: 87,10 euros.
Patrón de yate: 74,63 euros.
Patrón de embarcación de recreo: 55,98 euros.
Patrón para la navegación básica: 43,53 euros.
7.
Plazo de matrícula
Una vez finalizado el plazo de inscripción en cada convocatoria, según el calendario
que figura en el anexo II de la presente resolución, se hará pública la lista provisional de
admitidos y excluidos, pudiendo, en el plazo de diez días, subsanar las deficiencias
aquellos candidatos que hayan resultado excluidos, conforme al artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La lista provisional de admitidos y excluidos será publicada en la página web del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, pudiendo consultarse en el
enlace:
https://www.mitma.gob.es/marina-mercante/titulaciones/titulaciones-de-recreo/
titulaciones-nauticasde-recreo/aspirantes_matriculados
No presentación a examen
La no presentación a examen no dará lugar al cambio de la matrícula ni a la
devolución de la tasa abonada. Únicamente se prevé la posibilidad de devolución de la
tasa en los casos en que la ausencia sea debida a una enfermedad grave, circunstancia
esta que deberá ser debidamente justificada por un facultativo médico, y notificada en el
plazo de los tres días siguientes al examen.
9.
Lugares de examen
Los exámenes teóricos de las tres convocatorias se celebrarán en la fecha y lugar de
celebración indicados en el anexo II de la presente resolución.
cve: BOE-A-2022-24392
Verificable en https://www.boe.es
8.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 192996
En el supuesto de no especificar la convocatoria en la que se matricula el interesado,
será incluido en la ordinaria siguiente a la fecha de formalización de la inscripción.
5.
Desarrollo de las pruebas
En el momento de acceso al ejercicio, a petición del Secretario del Tribunal se podrá
pedir al candidato que presente copia del justificante de pago de la tasa de matriculación,
debidamente sellado por una entidad bancaria o bien con el código NRC que identifica
los pagos realizados con DNI electrónico o certificado digital a través de la sede
electrónica, por lo que deberán acudir al examen con dicho justificante.
6.
Cuantía de las tasas
Las tasas por derechos de examen, para la obtención de las titulaciones para el
gobierno de embarcaciones de recreo, serán las contempladas en el artículo 22 de la
Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social,
que estén vigentes para el año 2023, de acuerdo con lo establecido en los presupuestos
generales del Estado en vigor, siendo sus cuantías en el momento de la publicación de
esta resolución las que se indican a continuación, y que previsiblemente sufrirán
variación a primeros de año:
Tasas:
Capitán de yate: 87,10 euros.
Patrón de yate: 74,63 euros.
Patrón de embarcación de recreo: 55,98 euros.
Patrón para la navegación básica: 43,53 euros.
7.
Plazo de matrícula
Una vez finalizado el plazo de inscripción en cada convocatoria, según el calendario
que figura en el anexo II de la presente resolución, se hará pública la lista provisional de
admitidos y excluidos, pudiendo, en el plazo de diez días, subsanar las deficiencias
aquellos candidatos que hayan resultado excluidos, conforme al artículo 68 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
La lista provisional de admitidos y excluidos será publicada en la página web del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, pudiendo consultarse en el
enlace:
https://www.mitma.gob.es/marina-mercante/titulaciones/titulaciones-de-recreo/
titulaciones-nauticasde-recreo/aspirantes_matriculados
No presentación a examen
La no presentación a examen no dará lugar al cambio de la matrícula ni a la
devolución de la tasa abonada. Únicamente se prevé la posibilidad de devolución de la
tasa en los casos en que la ausencia sea debida a una enfermedad grave, circunstancia
esta que deberá ser debidamente justificada por un facultativo médico, y notificada en el
plazo de los tres días siguientes al examen.
9.
Lugares de examen
Los exámenes teóricos de las tres convocatorias se celebrarán en la fecha y lugar de
celebración indicados en el anexo II de la presente resolución.
cve: BOE-A-2022-24392
Verificable en https://www.boe.es
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