II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2022-23821)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismo Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
3.
Sec. II.B. Pág. 191644
Titulación
Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o tener cumplidas las condiciones
para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (haber
pagado las tasas para la expedición del título).
Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por
la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no
se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones
de Derecho Comunitario.
4.
Requisitos específicos
Los aspirantes deberán estar en posesión del permiso de conducción de la clase B y
mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.
5.
Solicitudes
5.1 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado», por vía electrónica.
5.2 De acuerdo con la disposición adicional primera, del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, las solicitudes deberán cumplimentarse
electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, a través del servicio de
Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial.
La incorporación de documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud
La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo referido.
La subsanación, en su caso de la solicitud durante el plazo de subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección:
cau.060@correo.gob.es.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los
supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
La constancia del correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de
registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo III de esta
cve: BOE-A-2022-23821
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
3.
Sec. II.B. Pág. 191644
Titulación
Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico o tener cumplidas las condiciones
para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes (haber
pagado las tasas para la expedición del título).
Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por
la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación
Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que
están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no
se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones
de Derecho Comunitario.
4.
Requisitos específicos
Los aspirantes deberán estar en posesión del permiso de conducción de la clase B y
mantenerlo hasta el momento de la toma de posesión.
5.
Solicitudes
5.1 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado», por vía electrónica.
5.2 De acuerdo con la disposición adicional primera, del Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, las solicitudes deberán cumplimentarse
electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, a través del servicio de
Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial.
La incorporación de documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud
La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo referido.
La subsanación, en su caso de la solicitud durante el plazo de subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección:
cau.060@correo.gob.es.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los
supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
La constancia del correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de
registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo III de esta
cve: BOE-A-2022-23821
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313