II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2022-23811)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022
B)

Sec. II.B. Pág. 191450

Fase de concurso.

La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los
siguientes méritos:
Antigüedad: La antigüedad del funcionario de Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 se
valorará teniendo en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta
Resolución; asignándose por cada año completo de servicios efectivos una puntuación
de 0,40 puntos, hasta un máximo de doce.
Grado personal consolidado: Se otorgará la siguiente puntuación según el grado
personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento
de grado por la autoridad competente, el día de publicación de esta convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado»:
Hasta el grado 18: 1,6 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,20 puntos.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse por aplicación de este mérito será de
cuatro puntos.
Cursos de formación: Los cursos de formación anotados en el Registro Central de
Personal o sistema análogo, de duración igual o superior a 15 horas lectivas, que estén
relacionados con las funciones propias del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y
Seguridad Social, se valorarán, en función del grado de conexión con dichas funciones
de 0,25 a 0,50. No serán objeto de valoración aquellos cursos de formación respecto de
los que se estime su obsolescencia, en función de la naturaleza y contenido de la
materia.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse por aplicación de este mérito será de
cuatro puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V
a esta Resolución.
La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública
una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá a los
aspirantes que superen la misma.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
Curso selectivo.

Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición,
deberán realizar y superar un curso selectivo en la Escuela de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social que se adaptará en cuanto a las áreas a impartir y a las horas lectivas,
en base a los conocimientos, habilidades y destrezas de los Cuerpos a que pertenezcan
según los programas contenidos en el anexo II.
Corresponderá a la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la
dirección, organización, impartición y evaluación del curso selectivo, sin perjuicio de la
coordinación con la Dirección del Organismo Estatal.
La Dirección de la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social elevará al
órgano convocante las evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean
incorporadas a la calificación final de las pruebas selectivas.
El curso selectivo constará de dos partes y tendrá el siguiente contenido:
A) Primera parte que se organizará por la Escuela de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social teniendo en cuenta las particularidades que se indican a continuación
según el Cuerpo al que pertenezca cada aspirante.
I. Para los aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo
de Subinspectores Laborales (letra E), tendrá una duración máxima de 240 horas
lectivas distribuidas en un máximo de dos meses y medio. En el mismo, la Escuela de la

cve: BOE-A-2022-23811
Verificable en https://www.boe.es

C)