III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Medio ambiente. (BOE-A-2022-24409)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de aprobación de las "Directrices Básicas Comunes de Gestión Forestal Sostenible".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193196
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
24409
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Medio
Ambiente, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de
aprobación de las «Directrices Básicas Comunes de Gestión Forestal
Sostenible».
Las Directrices básicas comunes de gestión forestal sostenible (en adelante,
DBCGFS) se elaboran, previa consulta a las comunidades autónomas, para dar
respuesta al mandato de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, para su
elaboración en relación con los siguientes aspectos:
Las DBCGFS constan de cinco apartados y cinco anejos. En ellos se desarrollan los
antecedentes y objetivos a nivel mundial, europeo y estatal, el marco legal de la
ordenación de montes en España, la propuesta de contenidos mínimos tanto de los
instrumentos de gestión forestal sostenible como de las instrucciones de ordenación y
aprovechamiento de montes. Continúan los anejos relacionando la situación actual de la
ordenación de montes en las comunidades autónomas, la adaptación a los montes
españoles de los criterios e indicadores de gestión forestal sostenible, una referencia
orientativa para la determinación de instrumentos de gestión forestal, la evaluación y
seguimiento de dicha gestión, y por último se relacionan dos instrumentos que pueden
incentivar la gestión forestal sostenible, como son la custodia del territorio y el contrato
territorial.
Por otra parte, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente es el órgano consultivo y
de colaboración entre la Administración General del Estado y las administraciones de las
Comunidades Autónomas para la coordinación de sus políticas y actuaciones
medioambientales. Su organización y funcionamiento están regulados en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de lo anterior, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente informó
favorablemente, en su reunión de 23 de noviembre de 2022, las Directrices Básicas
Comunes de Gestión Forestal Sostenible, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 32.2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Por su parte, es necesario resaltar que la publicación de esta resolución es necesaria
para acreditar el cumplimiento del hito 64 del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, que contempla su publicación en el BOE antes del 31 de diciembre de 2022.
Por ello, resuelvo dar publicidad a las Directrices Básicas Comunes de Gestión
Forestal Sostenible, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre
cve: BOE-A-2022-24409
Verificable en https://www.boe.es
– La adaptación a los montes españoles de los criterios e indicadores de
sostenibilidad, su evaluación y seguimiento, de conformidad con los criterios
establecidos en resoluciones internacionales y convenios en los que España sea parte.
– El contenido mínimo de las instrucciones de ordenación y aprovechamiento de
montes, para garantizar su gestión sostenible.
Por todo ello, resulta necesario adaptar el marco normativo de la ordenación de
montes en España, dado que se encuentran todavía en vigor, para aquellas
comunidades autónomas que no hubieran aprobado instrucciones propias, las
Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes Arbolados, según Orden de 29
de diciembre de 1970 del entonces Ministerio de Agricultura. Es por lo que resulta
imprescindible actualizar esta reglamentación y adecuarla al ordenamiento constitucional
y a la legislación forestal vigente.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193196
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
24409
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Medio
Ambiente, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de
aprobación de las «Directrices Básicas Comunes de Gestión Forestal
Sostenible».
Las Directrices básicas comunes de gestión forestal sostenible (en adelante,
DBCGFS) se elaboran, previa consulta a las comunidades autónomas, para dar
respuesta al mandato de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, para su
elaboración en relación con los siguientes aspectos:
Las DBCGFS constan de cinco apartados y cinco anejos. En ellos se desarrollan los
antecedentes y objetivos a nivel mundial, europeo y estatal, el marco legal de la
ordenación de montes en España, la propuesta de contenidos mínimos tanto de los
instrumentos de gestión forestal sostenible como de las instrucciones de ordenación y
aprovechamiento de montes. Continúan los anejos relacionando la situación actual de la
ordenación de montes en las comunidades autónomas, la adaptación a los montes
españoles de los criterios e indicadores de gestión forestal sostenible, una referencia
orientativa para la determinación de instrumentos de gestión forestal, la evaluación y
seguimiento de dicha gestión, y por último se relacionan dos instrumentos que pueden
incentivar la gestión forestal sostenible, como son la custodia del territorio y el contrato
territorial.
Por otra parte, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente es el órgano consultivo y
de colaboración entre la Administración General del Estado y las administraciones de las
Comunidades Autónomas para la coordinación de sus políticas y actuaciones
medioambientales. Su organización y funcionamiento están regulados en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de lo anterior, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente informó
favorablemente, en su reunión de 23 de noviembre de 2022, las Directrices Básicas
Comunes de Gestión Forestal Sostenible, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 32.2 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Por su parte, es necesario resaltar que la publicación de esta resolución es necesaria
para acreditar el cumplimiento del hito 64 del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, que contempla su publicación en el BOE antes del 31 de diciembre de 2022.
Por ello, resuelvo dar publicidad a las Directrices Básicas Comunes de Gestión
Forestal Sostenible, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de diciembre
cve: BOE-A-2022-24409
Verificable en https://www.boe.es
– La adaptación a los montes españoles de los criterios e indicadores de
sostenibilidad, su evaluación y seguimiento, de conformidad con los criterios
establecidos en resoluciones internacionales y convenios en los que España sea parte.
– El contenido mínimo de las instrucciones de ordenación y aprovechamiento de
montes, para garantizar su gestión sostenible.
Por todo ello, resulta necesario adaptar el marco normativo de la ordenación de
montes en España, dado que se encuentran todavía en vigor, para aquellas
comunidades autónomas que no hubieran aprobado instrucciones propias, las
Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes Arbolados, según Orden de 29
de diciembre de 1970 del entonces Ministerio de Agricultura. Es por lo que resulta
imprescindible actualizar esta reglamentación y adecuarla al ordenamiento constitucional
y a la legislación forestal vigente.