III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-24426)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Santander y la Empresa Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, de colaboración en la difusión académica y cultural en las instalaciones del Palacio de La Magdalena.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193296
Y de otra, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, M.P. (entidad con NIF Q-2818022-B y
domicilio social en la calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su calidad de Rector
Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real
Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real
Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Reconociéndose mutuamente las partes la capacidad legal suficiente para suscribir
el presente documento
EXPONEN
I. Que tras la tramitación exigida en el ordenamiento jurídico, el Excmo.
Ayuntamiento de Santander, la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P., SA, y
la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, M.P. (en adelante UIMP) firmaron el 17
de mayo de 2022 un convenio para colaborar en la difusión académica y cultural en las
instalaciones del Palacio de La Magdalena. Dicho convenio fue inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
el 19 de mayo y publicado en el BOE el 30 de mayo. El convenio tiene una duración de
cuatro años.
II. Que la cláusula cuarta del convenio, relativa a la cesión por parte de la Empresa
Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, a la UIMP del edificio del Palacio de La
Magdalena, edificio de Caballerizas y edificio del Paraninfo como sede principal de sus
actividades, establece en su apartado XIV que la UIMP asumirá, entre otros, los gastos
de suministros (electricidad, agua, gas) durante el periodo de uso de las instalaciones
por la UIMP (entre el 15 de junio y el 30 de septiembre de cada año).
Esa misma cláusula fija la cuantía máxima para cada anualidad de los compromisos
económicos de la UIMP para los gastos de suministros que se abonarán a la Empresa
Municipal Turismo de Santander, M.P., SA, siendo los importes máximos
correspondientes al suministro de energía eléctrica los que se indican a continuación,
para lo cual se aprobó y comprometió el correspondiente expediente de gasto plurianual
por parte de la UIMP con cargo a la aplicación presupuestaria 33.101.322C.221.00:
2022: 54.390,00 euros.
2023: 56.402,43 euros.
2024: 57.417,67 euros.
2025: 58.278,94 euros.
cve: BOE-A-2022-24426
Verificable en https://www.boe.es
III. Que con motivo del fuerte incremento que ha experimentado el precio de la
energía eléctrica durante el año 2022, las partes han constatado que la previsión para
este suministro que realizaron en el convenio ha quedado desfasada, siendo necesario
proceder a su ajuste con el fin de que se pueda hacer frente a las facturaciones por este
consumo. Asimismo, consideran conveniente actualizar también la cuantía máxima para
este suministro en las anualidades siguientes.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193296
Y de otra, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, M.P. (entidad con NIF Q-2818022-B y
domicilio social en la calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su calidad de Rector
Magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real
Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad, aprobado por Real
Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Reconociéndose mutuamente las partes la capacidad legal suficiente para suscribir
el presente documento
EXPONEN
I. Que tras la tramitación exigida en el ordenamiento jurídico, el Excmo.
Ayuntamiento de Santander, la Empresa Municipal de Turismo de Santander M.P., SA, y
la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, M.P. (en adelante UIMP) firmaron el 17
de mayo de 2022 un convenio para colaborar en la difusión académica y cultural en las
instalaciones del Palacio de La Magdalena. Dicho convenio fue inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
el 19 de mayo y publicado en el BOE el 30 de mayo. El convenio tiene una duración de
cuatro años.
II. Que la cláusula cuarta del convenio, relativa a la cesión por parte de la Empresa
Municipal de Turismo de Santander, M.P., SA, a la UIMP del edificio del Palacio de La
Magdalena, edificio de Caballerizas y edificio del Paraninfo como sede principal de sus
actividades, establece en su apartado XIV que la UIMP asumirá, entre otros, los gastos
de suministros (electricidad, agua, gas) durante el periodo de uso de las instalaciones
por la UIMP (entre el 15 de junio y el 30 de septiembre de cada año).
Esa misma cláusula fija la cuantía máxima para cada anualidad de los compromisos
económicos de la UIMP para los gastos de suministros que se abonarán a la Empresa
Municipal Turismo de Santander, M.P., SA, siendo los importes máximos
correspondientes al suministro de energía eléctrica los que se indican a continuación,
para lo cual se aprobó y comprometió el correspondiente expediente de gasto plurianual
por parte de la UIMP con cargo a la aplicación presupuestaria 33.101.322C.221.00:
2022: 54.390,00 euros.
2023: 56.402,43 euros.
2024: 57.417,67 euros.
2025: 58.278,94 euros.
cve: BOE-A-2022-24426
Verificable en https://www.boe.es
III. Que con motivo del fuerte incremento que ha experimentado el precio de la
energía eléctrica durante el año 2022, las partes han constatado que la previsión para
este suministro que realizaron en el convenio ha quedado desfasada, siendo necesario
proceder a su ajuste con el fin de que se pueda hacer frente a las facturaciones por este
consumo. Asimismo, consideran conveniente actualizar también la cuantía máxima para
este suministro en las anualidades siguientes.