III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2022-24383)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Presidencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, por la que se publica la tercera prórroga del Convenio con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se atribuye al Consejo la competencia para la resolución de las reclamaciones previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 192933
último trimestre del año natural. El pago se hará efectivo previa expedición de la
correspondiente certificación por el Consejo en la que constará, como documento anexo,
el desglose de los importes correspondientes a la Comunidad y a las Entidades Locales
comprendidas en el ámbito de aplicación del Convenio. Todo ello, en virtud de lo
dispuesto en la Cláusula cuarta del Convenio.
b) La determinación de la cuantía variable a partir de la reclamación resuelta
número 61, según la cláusula cuarta 1 del Convenio, se realizará a ejercicio cerrado
según lo acordado en la reunión de 5 de febrero de 2020 de la Comisión de Seguimiento.
El pago de dicha cuantía variable deberá realizarse en el plazo de tres meses a partir de
la recepción por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de la certificación que
ha de remitir el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. En dicha certificación
deberán desglosarse los importes correspondientes a la Comunidad Autónoma y a las
Entidades Locales comprendidas en su ámbito territorial durante el ejercicio económico
precedente, que hayan superado el número máximo de reclamaciones resueltas
comprendidas en la cantidad fija.
c) Los pagos de las cuantías, tanto fija como variable, se imputarán con cargo a la
aplicación presupuestaria 11020000/G126F/22609.
cve: BOE-A-2022-24383
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes
firman esta prórroga, en los lugares y fecha al principio indicados.–Por el Consejo
de Transparencia y Buen Gobierno, José Luis Rodríguez Álvarez.–Por la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, José Luis Martínez Guijarro.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 192933
último trimestre del año natural. El pago se hará efectivo previa expedición de la
correspondiente certificación por el Consejo en la que constará, como documento anexo,
el desglose de los importes correspondientes a la Comunidad y a las Entidades Locales
comprendidas en el ámbito de aplicación del Convenio. Todo ello, en virtud de lo
dispuesto en la Cláusula cuarta del Convenio.
b) La determinación de la cuantía variable a partir de la reclamación resuelta
número 61, según la cláusula cuarta 1 del Convenio, se realizará a ejercicio cerrado
según lo acordado en la reunión de 5 de febrero de 2020 de la Comisión de Seguimiento.
El pago de dicha cuantía variable deberá realizarse en el plazo de tres meses a partir de
la recepción por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de la certificación que
ha de remitir el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. En dicha certificación
deberán desglosarse los importes correspondientes a la Comunidad Autónoma y a las
Entidades Locales comprendidas en su ámbito territorial durante el ejercicio económico
precedente, que hayan superado el número máximo de reclamaciones resueltas
comprendidas en la cantidad fija.
c) Los pagos de las cuantías, tanto fija como variable, se imputarán con cargo a la
aplicación presupuestaria 11020000/G126F/22609.
cve: BOE-A-2022-24383
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes
firman esta prórroga, en los lugares y fecha al principio indicados.–Por el Consejo
de Transparencia y Buen Gobierno, José Luis Rodríguez Álvarez.–Por la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha, José Luis Martínez Guijarro.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X