II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. (BOE-A-2022-23833)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal del Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191847

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
Estabilización de empleo temporal
El proceso selectivo de estabilización de empleo público temporal se llevará a cabo
mediante el procedimiento de concurso de valoración de méritos, de acuerdo con los
siguientes criterios:
1. La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos.
2. La valoración de los méritos profesionales supondrá un máximo de 60 puntos,
valorándose los servicios efectivos prestados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación en la convocatoria, que deberán estar
debidamente acreditados por los servicios de personal del Ministerio u Organismo donde
presten o hayan prestado sus servicios, de acuerdo con el modelo del anexo IV.
La valoración de los méritos profesionales se realizará de acuerdo con el siguiente
baremo:
a) Hasta 60 puntos por servicios prestados como personal funcionario en cuerpos o
escalas o como personal laboral de cualquier Administración Pública u órganos
constitucionales u órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas o en el resto de
los organismos y entes del sector público, con funciones idénticas al Cuerpo de
Farmacéuticos Titulares. También computarán los servicios desempeñados en las
Administraciones Publicas de los Estados miembro de la Unión Europea, así como en la
Administración Pública de aquellos Estados a los que le sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos definidos en el Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea, siempre que se le reconozcan funciones similares a este cuerpo.
La valoración será de 0,5 puntos por mes completo de servicios efectivos prestados y la
puntuación máxima de 60 puntos se alcanzará con 10 años de servicio.
b) Hasta 31 puntos por servicios prestados como personal funcionario en Cuerpos
o Escalas o como personal laboral en las Administraciones Públicas, definidas en el
párrafo anterior, con funciones diferentes al Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. La
valoración será de 0,258 puntos por mes completo de servicios efectivos prestados y la
puntuación máxima de 31 puntos se alcanzará con 10 años de servicio.
3. La valoración de los méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos
supondrá un máximo de 40 puntos y se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
a) 20 puntos por la superación en los últimos cinco años, a computar desde la
publicación de la convocatoria, de uno o más ejercicios integrantes de los procesos
selectivos convocados para el acceso al Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
b) Hasta 20 puntos por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento
en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo o de los Planes para la
Formación Continua del personal de las Administraciones Públicas, en los últimos diez
años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, debidamente acreditados.
Se valorarán los cursos relacionados con el ámbito de competencias del Centro
Directivo al que estén adscritas las plazas a las que se opte y la valoración se realizará
de acuerdo con el siguiente baremo:
– 5 puntos por cada curso recibido de una duración igual o superior a quince horas.
– 5 puntos por cada curso impartido, con un mínimo de dos horas de impartición.
Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia.
4. La calificación final del concurso vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas de la valoración de los méritos profesionales y los méritos
académicos.

cve: BOE-A-2022-23833
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Núm. 313