II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. (BOE-A-2022-23797)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad Estadística y se encarga la gestión material de las pruebas selectivas al Instituto Nacional de Estadística.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191121
homologados por el Instituto Nacional de Estadística, el Instituto Nacional de
Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por
Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo
para la Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
Se valorará de 0,15 a 0,75 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 2
puntos, de acuerdo con la siguiente escala lectiva:
Cursos de 15 a 25 horas: 0,15 puntos.
Cursos de 26 a 35 horas: 0,25 puntos.
Cursos de 36 a 45 horas: 0,50 puntos.
Cursos de 46 horas o más: 0,75 puntos.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma
materia, aunque se hay repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel
superior o avanzado.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes
a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los
diplomas acreditativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Los opositores que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo
de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas de
aprobados de la fase de oposición, para la presentación de la certificación de méritos,
debiendo ser expedida por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos
donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los
méritos a valorar en la fase de concurso. La no presentación de la certificación en el
plazo señalado supondrá la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
En los tablones de anuncios de la sede del Tribunal, en la página web del Instituto
Nacional de Estadística www.ine.es, en la página web del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación digital www.mineco.gob.es y en el punto de acceso
general www.administracion.gob.es, el Tribunal publicará la relación que contenga la
valoración provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de
un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha
relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado el referido plazo, el
Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
III. Calificación final
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas
en las fases de oposición y concurso. En caso de empate, el orden se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
Primero: La antigüedad global del empleado público hasta la fecha de publicación de
esta convocatoria, en la Administración General del Estado, o reconocida en la misma, o
en Organismos Públicos, Agencias demás Entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del
Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro
Central de Personal al día de la publicación de esta convocatoria. En el caso de que no
consten estos datos en el citado Registro, serán las unidades de personal
correspondientes las que acrediten los referidos datos al día de la publicación de la
convocatoria.
Segundo: La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
cve: BOE-A-2022-23797
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191121
homologados por el Instituto Nacional de Estadística, el Instituto Nacional de
Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por
Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo
para la Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
Se valorará de 0,15 a 0,75 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 2
puntos, de acuerdo con la siguiente escala lectiva:
Cursos de 15 a 25 horas: 0,15 puntos.
Cursos de 26 a 35 horas: 0,25 puntos.
Cursos de 36 a 45 horas: 0,50 puntos.
Cursos de 46 horas o más: 0,75 puntos.
En todos los casos se valorarán una sola vez los cursos relativos a una misma
materia, aunque se hay repetido su participación y se valorará únicamente el de nivel
superior o avanzado.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a 15 horas lectivas, los pertenecientes
a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los
diplomas acreditativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Los opositores que hayan superado la fase de oposición dispondrán de un plazo
de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas de
aprobados de la fase de oposición, para la presentación de la certificación de méritos,
debiendo ser expedida por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos
donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los
méritos a valorar en la fase de concurso. La no presentación de la certificación en el
plazo señalado supondrá la no valoración del aspirante en la fase de concurso.
En los tablones de anuncios de la sede del Tribunal, en la página web del Instituto
Nacional de Estadística www.ine.es, en la página web del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación digital www.mineco.gob.es y en el punto de acceso
general www.administracion.gob.es, el Tribunal publicará la relación que contenga la
valoración provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de
un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha
relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado el referido plazo, el
Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar la fase de oposición.
III. Calificación final
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas
en las fases de oposición y concurso. En caso de empate, el orden se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
Primero: La antigüedad global del empleado público hasta la fecha de publicación de
esta convocatoria, en la Administración General del Estado, o reconocida en la misma, o
en Organismos Públicos, Agencias demás Entidades de derecho público con
personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del
Estado, computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro
Central de Personal al día de la publicación de esta convocatoria. En el caso de que no
consten estos datos en el citado Registro, serán las unidades de personal
correspondientes las que acrediten los referidos datos al día de la publicación de la
convocatoria.
Segundo: La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
cve: BOE-A-2022-23797
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313