II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Cuerpo de Médicos Titulares. (BOE-A-2022-23834)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal del Cuerpo de Médicos Titulares.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191859
La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el
anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
– Una puntuación de 10 puntos a un nivel B2, demostrado mediante algunos de los
títulos recogidos en el anexo IV.
– Una puntuación de 15 puntos a un nivel C1, demostrado mediante algunos de los
títulos recogidos en el anexo IV.
– Una puntuación de 20 puntos a un nivel C2, demostrado mediante algunos de los
títulos recogidos en el anexo IV.
– Los niveles inferiores a B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos
en el anexo IV no supondrán la superación de la prueba.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá
presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se
aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de
oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada
se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido,
se perderá el acceso al siguiente ejercicio.
Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la
documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la
idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De
esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad
presencial, a aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de
acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación.
Segundo ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de
tres horas, de dos temas, uno de la parte primera y otro de la parte segunda del
programa. Para ello, el opositor elegirá un tema de entre dos sacados al azar por el
tribunal de cada una de dichas partes del programa. Cada opositor procederá a la lectura
pública de su ejercicio, finalizada la cual, el tribunal podrá formular preguntas sobre el
contenido del mismo durante un tiempo máximo de quince minutos. Se valorarán los
conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como
la forma de presentación y exposición. Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos.
Tercer ejercicio. Resolución por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, de
un supuesto práctico propuesto por el tribunal sobre las materias contenidas en el
programa. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual,
el tribunal podrá formular preguntas sobre los extremos relacionados con su ejercicio
durante un tiempo máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor
analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta
razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos. El tribunal podrá contar con asesores
especialistas para la valoración de todos o alguno de los ejercicios de la oposición.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que
no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con
anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal,
que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria
extraordinaria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, se estará a lo establecido
en la oferta de empleo público para el año 2022.
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, segundo y tercero. La calificación total
de la fase de oposición supondrá un 60 por ciento de la calificación final del proceso
cve: BOE-A-2022-23834
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191859
La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial,
conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el
anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:
– Una puntuación de 10 puntos a un nivel B2, demostrado mediante algunos de los
títulos recogidos en el anexo IV.
– Una puntuación de 15 puntos a un nivel C1, demostrado mediante algunos de los
títulos recogidos en el anexo IV.
– Una puntuación de 20 puntos a un nivel C2, demostrado mediante algunos de los
títulos recogidos en el anexo IV.
– Los niveles inferiores a B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos
en el anexo IV no supondrán la superación de la prueba.
El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas
de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la
titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá
presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se
aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de
oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada
se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido,
se perderá el acceso al siguiente ejercicio.
Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la
documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la
idoneidad de los certificados presentados a efectos de la superación del ejercicio. De
esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad
presencial, a aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de
acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación.
Segundo ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de
tres horas, de dos temas, uno de la parte primera y otro de la parte segunda del
programa. Para ello, el opositor elegirá un tema de entre dos sacados al azar por el
tribunal de cada una de dichas partes del programa. Cada opositor procederá a la lectura
pública de su ejercicio, finalizada la cual, el tribunal podrá formular preguntas sobre el
contenido del mismo durante un tiempo máximo de quince minutos. Se valorarán los
conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como
la forma de presentación y exposición. Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos.
Tercer ejercicio. Resolución por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, de
un supuesto práctico propuesto por el tribunal sobre las materias contenidas en el
programa. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual,
el tribunal podrá formular preguntas sobre los extremos relacionados con su ejercicio
durante un tiempo máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor
analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta
razonada.
Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos. El tribunal podrá contar con asesores
especialistas para la valoración de todos o alguno de los ejercicios de la oposición.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que
no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con
anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal,
que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria
extraordinaria.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, se estará a lo establecido
en la oferta de empleo público para el año 2022.
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, segundo y tercero. La calificación total
de la fase de oposición supondrá un 60 por ciento de la calificación final del proceso
cve: BOE-A-2022-23834
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313