III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-24406)
Orden TED/1343/2022, de 23 de diciembre, por la que se establece la retribución de las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193188
Asimismo, con fecha 21 de julio de 2017 la Dirección General de Política Energética
y Minas ha dictado resolución declarando como singulares las actuaciones llevadas a
cabo por Red Eléctrica de España, SA en los despachos de maniobra y control en los
años 2015 y, posteriormente, con fecha 29 de noviembre de 2022 las llevadas a cabo en
los despachos de maniobra y control en los años 2016 y 2017.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 19 del Real Decreto 1047/2013, de 27
de diciembre, antes citado, la presente propuesta de orden establece el valor de
inversión con derecho a retribución por parte del sistema y la retribución por operación y
mantenimiento base de las instalaciones singulares referidas en los párrafos anteriores.
No obstante, en el caso del desfasador de Arkale, la presente orden no fija valor de
retribución por operación y mantenimiento base dado que la precitada resolución de 26
de mayo de 2015 señala que no es necesario establecer unos valores individualizados
por dicho concepto siendo aplicables los correspondientes a los valores unitarios en
concepto de operación y mantenimiento de los transformadores que resulten de
aplicación en cada momento.
VI
Finalmente, la presente orden insta a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, como órgano encargado de realizar las liquidaciones, que proceda a
liquidar las obligaciones de cobro y los derechos de pago que resulten oportunos.
Para la aprobación de la presente orden se ha cumplimentado el preceptivo trámite
de audiencia mediante la notificación a las empresas titulares de instalaciones de
transporte, su publicación en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico y mediante la consulta llevada a cabo por la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia a través de su Consejo Consultivo de Electricidad.
Mediante Acuerdo de 23 de diciembre de 2022, la Comisión Delegada del Gobierno
para Asuntos Económicos ha autorizado a la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y
Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a dictar la presente orden.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo
establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, en el Real Decreto 1047/2013, de 27
de diciembre, y en la Orden ITC/2659/2015, de 11 de diciembre, y previo Acuerdo de la
Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, dispongo:
Primero.
Establecer, de acuerdo con la metodología regulada en el Real Decreto 1047/2013,
de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la
retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica, la retribución definitiva para
el año 2017 de las empresas titulares de instalaciones de transporte la cual ascenderá
a 1.678.084.436 euros, de acuerdo al desglose recogido en la siguiente tabla:
Red Eléctrica de España, SA.
UFD Distribución Electricidad, SA.
Vall de Sóller Energía, SLU.
Total.
Retribución Inversión
–
Euros
Retribución Operación
y Mantenimiento
–
Euros
Incentivo
disponibilidad
–
Euros
Retribución
total
–
Euros
1.244.172.771
403.369.643
2.675.411
1.650.217.825
23.401.162
3.715.011
92.875
27.209.047
453.139
199.439
4.986
657.564
1.268.027.072
407.284.093
2.773.272
1.678.084.436
cve: BOE-A-2022-24406
Verificable en https://www.boe.es
Total retribución de la red de transporte año 2017
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193188
Asimismo, con fecha 21 de julio de 2017 la Dirección General de Política Energética
y Minas ha dictado resolución declarando como singulares las actuaciones llevadas a
cabo por Red Eléctrica de España, SA en los despachos de maniobra y control en los
años 2015 y, posteriormente, con fecha 29 de noviembre de 2022 las llevadas a cabo en
los despachos de maniobra y control en los años 2016 y 2017.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 19 del Real Decreto 1047/2013, de 27
de diciembre, antes citado, la presente propuesta de orden establece el valor de
inversión con derecho a retribución por parte del sistema y la retribución por operación y
mantenimiento base de las instalaciones singulares referidas en los párrafos anteriores.
No obstante, en el caso del desfasador de Arkale, la presente orden no fija valor de
retribución por operación y mantenimiento base dado que la precitada resolución de 26
de mayo de 2015 señala que no es necesario establecer unos valores individualizados
por dicho concepto siendo aplicables los correspondientes a los valores unitarios en
concepto de operación y mantenimiento de los transformadores que resulten de
aplicación en cada momento.
VI
Finalmente, la presente orden insta a la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, como órgano encargado de realizar las liquidaciones, que proceda a
liquidar las obligaciones de cobro y los derechos de pago que resulten oportunos.
Para la aprobación de la presente orden se ha cumplimentado el preceptivo trámite
de audiencia mediante la notificación a las empresas titulares de instalaciones de
transporte, su publicación en la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico y mediante la consulta llevada a cabo por la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia a través de su Consejo Consultivo de Electricidad.
Mediante Acuerdo de 23 de diciembre de 2022, la Comisión Delegada del Gobierno
para Asuntos Económicos ha autorizado a la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y
Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a dictar la presente orden.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo
establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, en el Real Decreto 1047/2013, de 27
de diciembre, y en la Orden ITC/2659/2015, de 11 de diciembre, y previo Acuerdo de la
Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, dispongo:
Primero.
Establecer, de acuerdo con la metodología regulada en el Real Decreto 1047/2013,
de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la
retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica, la retribución definitiva para
el año 2017 de las empresas titulares de instalaciones de transporte la cual ascenderá
a 1.678.084.436 euros, de acuerdo al desglose recogido en la siguiente tabla:
Red Eléctrica de España, SA.
UFD Distribución Electricidad, SA.
Vall de Sóller Energía, SLU.
Total.
Retribución Inversión
–
Euros
Retribución Operación
y Mantenimiento
–
Euros
Incentivo
disponibilidad
–
Euros
Retribución
total
–
Euros
1.244.172.771
403.369.643
2.675.411
1.650.217.825
23.401.162
3.715.011
92.875
27.209.047
453.139
199.439
4.986
657.564
1.268.027.072
407.284.093
2.773.272
1.678.084.436
cve: BOE-A-2022-24406
Verificable en https://www.boe.es
Total retribución de la red de transporte año 2017