II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Nacional de Médicos Forenses. (BOE-A-2022-23793)
Orden JUS/1325/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, en el Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, por el sistema selectivo de concurso.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191021

otorgando a las personas aspirantes admitidas, el plazo de veinte días naturales para
presentar o alegar en el registro o dirección electrónica que se indique la documentación
acreditativa, en original o copia auténtica, únicamente de los méritos indicados en el
epígrafe B del baremo del anexo I-A. Los opositores y opositoras que concurren por
Comunidades Autónomas con méritos optativos aportarán en este mismo momento las
certificaciones acreditativas de los conocimientos de idiomas o derecho propios
correspondientes.
La comprobación de los méritos alegados de los apartados A, C y D se hará de
oficio. No obstante, el mérito experiencia como personal interino, si se ha obtenido en
más de un ámbito territorial o en uno distinto a aquel en el que se presenta, y a fin de
agilizar la gestión del proceso selectivo podrá ser acreditado por la persona aspirante,
dado que la gestión de este personal corresponde a las Comunidades Autónomas con
competencias en materia de personal transferidas y al Ministerio de Justicia, a través de
sus Gerencias, en las Comunidades Autónomas sin estas competencias transferidas y
en los órganos centrales. En otro caso se reclamará de oficio por la Administración
convocante a las Administraciones en cuyo poder obren estos datos.
Aquellas personas opositoras que en su solicitud inicial de participación no hayan
prestado su consentimiento para que el órgano gestor del proceso selectivo pueda
verificar de oficio sus titulaciones o certificaciones académicas, deberán también aportar
éstas, de entre las valoradas en el apartado A del baremo citado.
El Tribunal Calificador Único y los Tribunales Delegados valorarán los méritos
acreditados, conforme a los criterios fijados, en su caso, por el Tribunal Calificador Único.
El Tribunal Calificador Único publicará en la página web del Ministerio de Justicia la
relación de personas aspirantes con la valoración provisional de méritos del concurso,
con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado y la total. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la
publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho
plazo y vistas y resueltas las alegaciones el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
6.3 Valoración del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las
Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Vasco.
Si así lo hubieran solicitado en su instancia las personas aspirantes comprendidas en
la relación, el Tribunal procederá a la valoración de la documentación acreditativa del
conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del
Derecho Civil Vasco, que hubieren aportado las personas interesadas.
La puntuación obtenida, en este último caso, solo surtirá efectos para la adjudicación
de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.
Las personas aspirantes solo podrán optar por documentar el conocimiento de la
lengua oficial y del Derecho Civil Vasco.
6.4 Propuesta de personas aspirantes aprobadas. Finalizado el proceso selectivo,
el Tribunal Calificador Único elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de
personas que superan el proceso selectivo, en cada ámbito territorial, cuyo número no
podrá exceder el de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado» y en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen
plazas, con indicación del número de orden, apellidos y nombre, DNI y puntuación
obtenida en cada uno de los méritos.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá
que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal
funcionario de carrera en este proceso.
No obstante, lo anterior, si en alguno de los ámbitos territoriales no se hubiesen
cubierto todas las plazas ofertadas, el Ministerio de Justicia, coordinadamente con el
Tribunal Calificador Único, procederá a ofertar tales plazas vacantes, por ese o esos
concretos ámbitos, a aspirantes de otros ámbitos que, no habiendo superado el proceso
selectivo, pero si hayan sido baremados sus méritos y superada la nota de corte, tengan
la mayor puntuación. Así se ordenarán estas personas aspirantes de mayor a menor

cve: BOE-A-2022-23793
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Núm. 313