II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-23800)
Orden HFP/1330/2022, de 29 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo en el marco de la estabilización del empleo temporal, a la subescala de Secretaría-Intervención, para el acceso a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191202

idéntica solicitud, si bien únicamente deberán indicar que ya pertenecen a la Escala
funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
15.5 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor,
presentasen la documentación, o de su examen se dedujera que carecen de alguno
los requisitos señalados en la base 7, no podrán ser nombrados personal funcionario
prácticas y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
16.

de
no
de
en
en

Nombramiento de funcionarias y funcionarios de carrera

Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubiesen superado,
cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de las plazas convocadas, serán
nombrados funcionarias y funcionarios de carrera por la autoridad convocante, que les
asignará un primer destino.
Los nombramientos deberán publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
17.

Norma final

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, un
recurso de reposición ante la Ministra de Hacienda y Función Pública en el plazo de un
mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado», o bien un recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses,
contado desde el día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En el caso de interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio administrativo.
Madrid, 29 de diciembre de 2022.–La Ministra de Hacienda y Función Pública, P.D.
(Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), la Secretaria de Estado de Función
Pública, Lidia Sánchez Milán.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
La selección de las personas aspirantes se realizará a través de dos sistemas. Uno
de ellos mediante el sistema de concurso y el otro mediante el sistema de concursooposición, el cual se desarrollará con arreglo a las siguientes fases: Una primera fase de
oposición y una segunda fase de concurso. Las personas aspirantes que superen el
concurso-oposición tendrán que participar en un curso selectivo.

El proceso selectivo constará de dos fases: una fase de oposición y otra fase de
concurso. La fase de concurso sólo se valorará a las personas aspirantes que hayan
superado la fase de oposición. La calificación final del proceso vendrá determinada por la
suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.
La puntuación máxima será de 100 puntos.
1.1

Descripción de la fase de oposición:

La oposición consistirá en la realización de un ejercicio único obligatorio y
eliminatorio.

cve: BOE-A-2022-23800
Verificable en https://www.boe.es

1. Sistema de concurso-oposición