III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Becas. (BOE-A-2022-24395)
Orden APA/1340/2022, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden APA/511/2019, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica para titulados universitarios, en distintas materias del ámbito del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus Organismos Autónomos, y por la que se efectúan tres convocatorias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
III. DOCUMENTACIÓN
correspondientes)
QUE
SE
ADJUNTA
(Marcar
Sec. III. Pág. 193042
con
una
X
las
casillas
Certificación de las calificaciones obtenidas durante la carrera universitaria, en la que conste
la acreditación de la finalización de dichos estudios y la fecha, así como la nota media
obtenida.
Curriculum vitae del solicitante, según se indica en el artículo 5.3.b) de las bases reguladoras
(orden APA/1342/2018, de 30 de noviembre. BOE de 19 de diciembre de 2018).
Documentación que acredite de manera específica los distintos méritos alegados en el
curriculum vitae.
Acreditación documental del dominio del español, cuando se trate de solicitantes no españoles
y que lleven residiento en Españo por un periodo inferior a dos años dentro de los cinco años
anteriores a la convocatoria, (artículo 3.1.b) de las bases reguladoras).
Acreditación de estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación requerida
(artículo 3.1.c) de las bases reguladoras).
Documentación acreditativa de los méritos que se alegan.
IV. BECA SOLICITADA 4
Ordenación y fomento de la producción ganadera.
Ordenación y fomento de la producción agrícola en los sectores de Frutas y
Hortalizas, Plantas Vivas, y Vitivinicultura.
Ordenación y fomento de la producción agrícola en los sectores de Cultivos
Herbáceos e Industriales y Aceite de Oliva.
Medios de producción ganaderos.
Medios de producción agrícolas y variedades vegetales.
Se podrá solicitar más de una beca por candidato
cve: BOE-A-2022-24395
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
III. DOCUMENTACIÓN
correspondientes)
QUE
SE
ADJUNTA
(Marcar
Sec. III. Pág. 193042
con
una
X
las
casillas
Certificación de las calificaciones obtenidas durante la carrera universitaria, en la que conste
la acreditación de la finalización de dichos estudios y la fecha, así como la nota media
obtenida.
Curriculum vitae del solicitante, según se indica en el artículo 5.3.b) de las bases reguladoras
(orden APA/1342/2018, de 30 de noviembre. BOE de 19 de diciembre de 2018).
Documentación que acredite de manera específica los distintos méritos alegados en el
curriculum vitae.
Acreditación documental del dominio del español, cuando se trate de solicitantes no españoles
y que lleven residiento en Españo por un periodo inferior a dos años dentro de los cinco años
anteriores a la convocatoria, (artículo 3.1.b) de las bases reguladoras).
Acreditación de estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación requerida
(artículo 3.1.c) de las bases reguladoras).
Documentación acreditativa de los méritos que se alegan.
IV. BECA SOLICITADA 4
Ordenación y fomento de la producción ganadera.
Ordenación y fomento de la producción agrícola en los sectores de Frutas y
Hortalizas, Plantas Vivas, y Vitivinicultura.
Ordenación y fomento de la producción agrícola en los sectores de Cultivos
Herbáceos e Industriales y Aceite de Oliva.
Medios de producción ganaderos.
Medios de producción agrícolas y variedades vegetales.
Se podrá solicitar más de una beca por candidato
cve: BOE-A-2022-24395
Verificable en https://www.boe.es
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