III. Otras disposiciones. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Audiencia Nacional. (BOE-A-2022-24379)
Acuerdo de 15 de diciembre de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de 21 de noviembre de 2022, de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, relativo a las normas sobre composición y funcionamiento de las Secciones de cada una de las Salas y sobre asignación de ponencias, aplicables a partir del 1 de enero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 192914

6)
En el momento de retornar a la Sala un Presidente de sección que se
encontrare en situación de servicios especiales o en comisión de servicio con relevación
de funciones, el Magistrado que viniera desempeñando la Presidencia quedará adscrito
a la misma. Si se produjera una sobredotación de Magistrados en esa sección y existiera
simultáneamente vacante en otra se actuará del siguiente modo:
a) Tendrá preferencia para la cobertura de la vacante el Presidente de sección que
viniere desempeñando la plaza hasta la reincorporación del titular.
b) En su defecto, tendrá preferencia para cubrir dicha vacante el Magistrado de la
sección con sobredotación que lo solicitare y tuviese mejor puesto en el escalafón
general de la carrera judicial.
c) En el caso de no solicitar dicha vacante ninguno de los Magistrados de la
sección, el Presidente de la Sala resolverá en función de las necesidades del servicio
procurando atender las preferencias manifestadas por los Magistrados y su antigüedad
en la carrera judicial.
7) Disposición transitoria: A los Magistrados que a la entrada en vigor de estas
normas se encontraren en alguna de las situaciones contempladas en el apartado 5) les
será de aplicación, al retornar a la Sala, lo previsto en dicho apartado, pero tendrán
derecho preferente, por una sola vez, en la asignación de plaza.
Entrada en vigor.
Las presentes normas sobre composición y funcionamiento de las Salas y secciones
de esta Audiencia Nacional, una vez aprobadas por el Consejo General del Poder
Judicial y publicadas en el Boletín Oficial del Estado, se aplicarán a partir del 1 de enero
de 2023.
SALA DE LO SOCIAL DE LA AUDIENCIA NACIONAL
Convocada por su Presidente Junta de Magistrados de la Sala de lo Social para
atender el requerimiento realizado por la Comisión Permanente del CGPJ a través de la
Presidencia de esta Audiencia Nacional, se acuerda lo siguiente:
La Sala cuenta con tres magistrados titulares, asignándose los números de
terminación de asuntos a cada uno de los Magistrados que la componen, incluido el
Presidente de Sala, según el cuadro siguiente:
Ponentes

Número terminación

D. José Pablo Aramendi (Presidente).

1, 4 Y 7

D. Ramón Gallo Llanos.

2, 5 Y 8

D.ª Ana Sancho Aranzasti.

3, 6 Y 9

Los asuntos terminados en 0 se asignan a quien corresponda el número que le precede.

Cuando sea necesario completar el número de magistrados de la Sala de lo Social
de la Audiencia Nacional en el caso de que no asistiera un número suficiente de ellos
para constituir Sala, se estará a lo dispuesto en el apartado 2.º del artículo 199 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, el cual literalmente establece que: “En la Audiencia
Nacional, cuando no asistieren Magistrados en número suficiente para constituir Sala,
concurrirán para completarla otros Magistrados que designe el Presidente de la Sala o,
en su caso, del Tribunal, con arreglo a un turno en el que serán preferidos los que se
hallaren libres de señalamiento y, entre éstos, los más modernos. En su defecto, se

cve: BOE-A-2022-24379
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PLAN ANUAL DE SUSTITUCIÓN DE MAGISTRADOS PARA 2023