II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-23083)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de una plaza de personal diplomado en enfermería/grado en enfermería, especialidad enfermería del trabajo, personal laboral fijo fuera de convenio, en el marco de la estabilización de empleo temporal en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 189270
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo de referido.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección:
cau@060.correo.gob.es.
b) El pago electrónico de la tasa para participar en este proceso se realizará en los
términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen
los supuestos y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de
registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el Anexo IV de esta
convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en
la plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones».
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por las personas
aspirantes que la cursen en el extranjero, estos podrán presentarla en las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas
solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber
ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a
la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC
BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Derechos de examen». Este sistema
de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril.
4.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación.
La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona
aspirante.
4.3 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4.4 No procederá la devolución de la tasa abonada para participar en este proceso
en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.
4.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo III.
cve: BOE-A-2022-23083
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 189270
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo de referido.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección:
cau@060.correo.gob.es.
b) El pago electrónico de la tasa para participar en este proceso se realizará en los
términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen
los supuestos y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que
constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de
Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de
registro.
En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá
adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el Anexo IV de esta
convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en
la plataforma de intermediación.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar
inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el
justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis
inscripciones».
En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por las personas
aspirantes que la cursen en el extranjero, estos podrán presentarla en las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas
solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber
ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse
directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a
la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC
BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público.
Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Derechos de examen». Este sistema
de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril.
4.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación.
La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona
aspirante.
4.3 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4.4 No procederá la devolución de la tasa abonada para participar en este proceso
en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.
4.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo III.
cve: BOE-A-2022-23083
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312