II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-23717)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Técnico PB.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190222
preguntas considere necesarias durante un periodo máximo de quince minutos, para
determinar el grado de adecuación de la solución propuesta y el nivel de conocimientos
de la persona aspirante sobre las materias incluidas en el temario que figura en el anexo
I. La valoración de la prueba, consistente el ejercicio escrito y en la respuesta a las
cuestiones orales formuladas por el tribunal, será conjunta.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba se determinará por el tribunal
antes de su comienzo, con un máximo de cinco horas.
La puntuación máxima de esta prueba será de 24 puntos.
C.5 Las pruebas primera y segunda se llevarán a cabo mediante el sistema de
plicas.
C.6 Concluida la calificación de cada prueba, el tribunal publicará las puntuaciones
obtenidas por las personas aspirantes, y abrirá un plazo de cinco días hábiles para que
las personas interesadas puedan alegar lo que en su derecho convenga.
C.7 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá
proponer su exclusión al Gerente de la Universidad, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas, a los efectos procedentes.
D.
Presentación de documentos
D.1 En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación
de la propuesta de nombramiento, la persona aspirante propuesta presentará los
siguientes documentos:
a) Original o copia cotejada del título exigido en las bases 2.1.c) de la convocatoria,
o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.
b) Informe médico justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o
psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo.
c) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el
ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una
Administración Pública.
d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la
Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo. Las
personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar
declaración responsable de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) Copia cotejada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente
acreditativo de la nacionalidad e identidad de la persona aspirante.
f) Original o copia cotejada del resto de documentos acreditativos de los méritos
alegados y requisitos.
D.2 En el supuesto de personas aspirantes propuestas que hubieran alegado
discapacidad, la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la
convocatoria será extendida, de oficio, por los equipos de valoración y orientación
competentes, e incorporada al expediente.
D.3 Las personas que, dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor
suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no acrediten el
cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos en la base 2 de la convocatoria, o del
examen de la documentación se dedujera que carecen de algunos de los requisitos
exigidos, no podrán ser nombradas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su
solicitud.
cve: BOE-A-2022-23717
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190222
preguntas considere necesarias durante un periodo máximo de quince minutos, para
determinar el grado de adecuación de la solución propuesta y el nivel de conocimientos
de la persona aspirante sobre las materias incluidas en el temario que figura en el anexo
I. La valoración de la prueba, consistente el ejercicio escrito y en la respuesta a las
cuestiones orales formuladas por el tribunal, será conjunta.
El tiempo máximo para la realización de esta prueba se determinará por el tribunal
antes de su comienzo, con un máximo de cinco horas.
La puntuación máxima de esta prueba será de 24 puntos.
C.5 Las pruebas primera y segunda se llevarán a cabo mediante el sistema de
plicas.
C.6 Concluida la calificación de cada prueba, el tribunal publicará las puntuaciones
obtenidas por las personas aspirantes, y abrirá un plazo de cinco días hábiles para que
las personas interesadas puedan alegar lo que en su derecho convenga.
C.7 En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviere conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá
proponer su exclusión al Gerente de la Universidad, comunicándole asimismo las
inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de
admisión a las pruebas, a los efectos procedentes.
D.
Presentación de documentos
D.1 En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación
de la propuesta de nombramiento, la persona aspirante propuesta presentará los
siguientes documentos:
a) Original o copia cotejada del título exigido en las bases 2.1.c) de la convocatoria,
o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.
b) Informe médico justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o
psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del puesto de trabajo.
c) Declaración responsable de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el
ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una
Administración Pública.
d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la
Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo. Las
personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar
declaración responsable de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) Copia cotejada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente
acreditativo de la nacionalidad e identidad de la persona aspirante.
f) Original o copia cotejada del resto de documentos acreditativos de los méritos
alegados y requisitos.
D.2 En el supuesto de personas aspirantes propuestas que hubieran alegado
discapacidad, la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la
convocatoria será extendida, de oficio, por los equipos de valoración y orientación
competentes, e incorporada al expediente.
D.3 Las personas que, dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor
suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no acrediten el
cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos en la base 2 de la convocatoria, o del
examen de la documentación se dedujera que carecen de algunos de los requisitos
exigidos, no podrán ser nombradas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su
solicitud.
cve: BOE-A-2022-23717
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Núm. 312