II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-23082)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plaza de personal laboral fijo, con la categoría profesional 4G y Especialidad Administración, sujeta al IV Convenio único para personal laboral de la Administración General del Estado, en el marco de la estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 189258

o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Igualmente,
serán excluidas las personas aspirantes que pertenezcan como personal laboral fijo
del ámbito del IV Convenio colectivo único para la Administración General del Estado
al mismo grupo profesional y especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenta o al
grupo profesional y especialidad equivalentes según la clasificación profesional del III
Convenio único. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.1.6 Las personas aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para
personas con discapacidad habrán de tener reconocida la condición legal de persona
con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
4.

Solicitudes

4.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial
de admisión 790, al que se accederá con carácter general, a través del Punto de Acceso
General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado», exclusivamente a través de medios electrónicos, de
acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo (BOE del 31 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y en la Orden
APA/76/2020, de 20 de enero (BOE de 30 de enero), por la que se establece la
obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso a
los cuerpos y escalas de personal funcionario y puestos de personal laboral fijo cuya
selección corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre y en la Orden APA/76/2020, en caso de incidencia técnica
que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se
solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos
no vencidos y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia
técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel
cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el
funcionamiento ordinario de los sistemas.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo de referido.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación.

cve: BOE-A-2022-23082
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 312