II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2022-23087)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 189302

La celebración del primer ejercicio de los procesos selectivos de ingreso en la Escala
de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio
Ambiente, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de
Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente y en la Escala de Agentes
Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente tendrá
lugar el mismo día.
3.

Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
4.

Titulación

Se requerirá estar en posesión de un título universitario de grado o de los
actualmente vigentes de licenciado, ingeniero superior o arquitecto o tener cumplidas las
condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, incluido el pago de las tasas para la expedición del título.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión
de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5.

Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Estos aspirantes deberán cumplir además los siguientes requisitos:
Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los cuerpos o escalas de la
Administración General del Estado del subgrupo A2, salvo que se encuentren en servicio
activo en otra Administración Pública por haber obtenido puesto en la misma por
procedimientos de provisión previstos en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, o a cuerpos o escalas postales y telegráficos, adscritos al
subgrupo A2 o a cuerpos o escalas del subgrupo A2 del resto de las Administraciones
incluidas en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como
funcionario de carrera en el cuerpo o escala de la Administración General del Estado del
subgrupo A2, o en cuerpos o escalas postales y telegráficos, adscritos al subgrupo A2 o
en cuerpos o escalas del subgrupo A2 del resto de las Administraciones incluidas en el
artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y
habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso
selectivo.
6.2 Los aspirantes con discapacidad podrán pedir, en el modelo oficial de solicitud,
las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del
proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. En caso
de solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por
el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma
fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad
reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no
de la concesión de la adaptación solicitada.

cve: BOE-A-2022-23087
Verificable en https://www.boe.es

6. Acceso de personas con discapacidad