II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Personal laboral. (BOE-A-2022-23089)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
2.1
Sec. II.B. Pág. 189379
Al personal funcionario se le valorará como méritos los siguientes conceptos:
a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera en cuerpos o escalas
del subgrupo C2 o como personal laboral fijo en el grupo profesional y especialidad 3G
del IV Convenio único del personal laboral de la Administración General del Estado o en
categorías equivalentes de otros convenios o fuera de convenio en el ámbito de la
Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás
Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o
dependientes de la Administración General del Estado, desde el que se promociona.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que se
tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través
del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o
Escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:
Grado personal igual o superior al 18: 4 puntos.
Grado personal igual al 17: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 3 puntos.
Grado personal igual al 15: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 14: 2 puntos.
Grado personal igual al 13: 1,5 puntos.
Grado personal igual o inferior al 12: 1 punto.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos anotados en
el Registro Central de Personal o sistema análogo, cuya duración sea igual o superior
a 15 horas lectivas recibidos en los últimos diez años, salvo en materia de tecnologías y
sistemas de la información, que se valorarán los recibidos en los últimos cinco años.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
Al personal laboral fijo se le valorará como méritos los siguientes conceptos:
a) Antigüedad: Servicios prestados como personal laboral fijo en el grupo
profesional 3G del IV Convenio único del personal laboral de la Administración General
del Estado o en categorías equivalentes de otros convenios o fuera de convenio en el
ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y
demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o
dependientes de la Administración General del Estado, desde el que se promociona.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Trabajo desarrollado: se valorará el trabajo desarrollado hasta el día de la
publicación de esta convocatoria como personal laboral fijo en el Grupo y
Especialidad 3G-Vigilancia del Dominio Público del IV Convenio Único o categorías
equivalentes recogidas en la base 5 de esta convocatoria.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 4 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: se valorarán los cursos anotados en el
Registro Central de Personal o sistema análogo, cuya duración sea igual o superior a 15
horas lectivas recibidos en los últimos diez años, salvo en materia de tecnologías y
sistemas de la información, que se valorarán los recibidos en los últimos cinco años.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
La calificación final del concurso-oposición, vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.
cve: BOE-A-2022-23089
Verificable en https://www.boe.es
2.2
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
2.1
Sec. II.B. Pág. 189379
Al personal funcionario se le valorará como méritos los siguientes conceptos:
a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera en cuerpos o escalas
del subgrupo C2 o como personal laboral fijo en el grupo profesional y especialidad 3G
del IV Convenio único del personal laboral de la Administración General del Estado o en
categorías equivalentes de otros convenios o fuera de convenio en el ámbito de la
Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás
Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o
dependientes de la Administración General del Estado, desde el que se promociona.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que se
tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través
del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o
Escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:
Grado personal igual o superior al 18: 4 puntos.
Grado personal igual al 17: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 3 puntos.
Grado personal igual al 15: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 14: 2 puntos.
Grado personal igual al 13: 1,5 puntos.
Grado personal igual o inferior al 12: 1 punto.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos anotados en
el Registro Central de Personal o sistema análogo, cuya duración sea igual o superior
a 15 horas lectivas recibidos en los últimos diez años, salvo en materia de tecnologías y
sistemas de la información, que se valorarán los recibidos en los últimos cinco años.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
Al personal laboral fijo se le valorará como méritos los siguientes conceptos:
a) Antigüedad: Servicios prestados como personal laboral fijo en el grupo
profesional 3G del IV Convenio único del personal laboral de la Administración General
del Estado o en categorías equivalentes de otros convenios o fuera de convenio en el
ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y
demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o
dependientes de la Administración General del Estado, desde el que se promociona.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Trabajo desarrollado: se valorará el trabajo desarrollado hasta el día de la
publicación de esta convocatoria como personal laboral fijo en el Grupo y
Especialidad 3G-Vigilancia del Dominio Público del IV Convenio Único o categorías
equivalentes recogidas en la base 5 de esta convocatoria.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 4 puntos.
c) Cursos de formación y perfeccionamiento: se valorarán los cursos anotados en el
Registro Central de Personal o sistema análogo, cuya duración sea igual o superior a 15
horas lectivas recibidos en los últimos diez años, salvo en materia de tecnologías y
sistemas de la información, que se valorarán los recibidos en los últimos cinco años.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
La calificación final del concurso-oposición, vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.
cve: BOE-A-2022-23089
Verificable en https://www.boe.es
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