II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Personal laboral. (BOE-A-2022-23091)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subdirección de Gerencia, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo, en plazas del grupo profesional E1, Vigilancia y Atención en Salas de Museos, sujeto al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 189416

La solicitud se deberá cumplimentar y presentar de acuerdo con el modelo
oficial 790, en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/
buscarConvocatorias), siguiendo las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro Centro Gestor: Se consignará «Subdirección de Gerencia. Museo
Nacional Centro de Arte Reina Sofía».
En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», se consignará
el Grupo Profesional al que se opta que es el Grupo Profesional E1.
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará en blanco,
sin rellenar.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» para acceso libre.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Museo
Nacional Centro de Arte Reina Sofía».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la reseña por la que se anuncia la convocatoria.
En el recuadro 20 «Provincia de examen», las personas aspirantes indicarán Madrid.
En el recuadro 21, «Discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad
podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar,
expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que
deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con
discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se
posea y que habilite para presentarse a las pruebas.
En el recuadro 26, «Otros títulos», se consignará, en su caso, la posesión de la
formación específica exigida en el anexo II de la convocatoria.
El importe de la tasa por derechos de examen serán las que se consignan en el
cuadro adjunto en el que indica su importe en euros según la categoría de las plazas
convocadas y la reducción del 50 % para las familias numerosas de categoría general:
Turno libre:
Grupo Profesional General Reducción 50 %

E1

9,32

4,66

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento
explícito de la persona solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición
mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones
Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute
de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La condición de demandante de empleo deberá verificarse, en todo caso y con el
consentimiento de la persona solicitante, por el órgano gestor mediante el acceso a la

cve: BOE-A-2022-23091
Verificable en https://www.boe.es

Estarán exentas del pago de esta tasa: