II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Personal laboral. (BOE-A-2022-23078)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal como personal laboral fijo, en los grupos profesionales G3, G4, M1, E2 y E1, sujetos al IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Grupo profesional

Especialidad

Sec. II.B. Pág. 189203

Número de plazas
General Reserva Discapacidad Total plazas

3G

INFORMÁTICA.

4

4

4G

ADMINISTRACIÓN.

1

1

M1

MEDIACIÓN COMUNICATIVA.

6

6

E2

COCINA Y GASTRONOMÍA.

1

1

E1

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS.

4

4

16

16

TOTAL

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las
valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.4 Las plazas convocadas se desglosan, según la distribución contenida en el
anexo II, quedando identificadas por el grupo profesional y especialidad.
1.5 La persona aspirante deberá optar exclusivamente por un grupo profesional,
que hará constar en la casilla 15 de su solicitud, y dentro del mismo sólo podrá optar por
una especialidad que consignará en la casilla 16 de su solicitud.
1.6 La resolución de este proceso selectivo deberá finalizar antes del 31 de
diciembre de 2024. El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente en el tiempo
con el desarrollo de cualquier otro proceso selectivo para el acceso al empleo público
mediante las modalidades de nuevo ingreso o promoción interna.
1.7 Las personas aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo y que
hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán, en un número igual al de plazas
convocadas, contratadas con carácter fijo para la adjudicación de aquellas plazas que
elijan por orden de prelación, y hasta como máximo el número de plazas convocadas
para cada especialidad.
1.8 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o
de parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo en
cualquiera de sus fases o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará
condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que
menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal. En todo caso,
la realización de las citadas pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
aspirantes que han superado el proceso selectivo.
2.

Requisitos de las personas aspirantes

Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes
deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes
requisitos de participación:
Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los
nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus
descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.

cve: BOE-A-2022-23078
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