III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2022-23736)
Orden TED/1311/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueba la retribución de Red Eléctrica de España, SA, correspondiente al año 2016, en ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo en relación con el recurso contencioso-administrativo n.º 264/2018 planteado por la Abogacía del Estado respecto de las cuestiones que motivaron el Acuerdo del Consejo de Ministros que declaró la lesividad de la Orden IET/981/2016, de 15 de junio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

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y en el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, y previo Acuerdo de la Comisión
Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, resuelvo:
Primero.
Aprobar, de acuerdo con la metodología regulada en el Real Decreto 1047/2013,
de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la
retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica, la retribución en concepto
de inversión de Red Eléctrica de España, S.A. correspondiente al año 2016, en
sustitución de la recogida para dicha empresa en el apartado primero de la Orden
IET/981/2016, de 15 de junio, por la que se establece la retribución de las empresas
titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para el año 2016, la cual
ascenderá a 1.248.096.754 euros.
Segundo.
Aprobar, de acuerdo con la metodología regulada en el Real Decreto 1047/2013,
de 27 de diciembre, la retribución en concepto de operación y mantenimiento de Red
Eléctrica de España, S.A. correspondiente al año 2016, en sustitución de la recogida
para dicha empresa en el apartado primero de la Orden IET/981/2016, de 15 de junio, la
cual ascenderá a 405.926.273 euros.
Tercero.
Aprobar, de acuerdo con la metodología regulada en el Real Decreto 1047/2013,
de 27 de diciembre, la retribución total definitiva de Red Eléctrica de España, S.A.
correspondiente al año 2016, en sustitución de la recogida para dicha empresa en el
apartado primero de la Orden IET/981/2016, de 15 de junio, la cual ascenderá
a 1.661.440.897 € euros.
Cuarto.
El organismo encargado de liquidaciones procederá a liquidar las obligaciones de
pago o, en su caso, los derechos de cobro que resulten de aplicar lo previsto en los
apartados anteriores en la primera liquidación que tenga lugar tras la publicación de la
presente orden e informará al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico una vez se hayan llevado a efecto las obligaciones o derechos anteriores.
Las cantidades resultantes de aplicar lo establecido en el párrafo anterior tendrán la
consideración de ingreso o coste liquidable del sistema a los efectos previstos en el
procedimiento de liquidación de los costes del sistema eléctrico.
Contra el presente acto, en tanto se limita a dar ejecución a lo resuelto por resolución
judicial firme, no cabe la interposición de recurso alguno, sin perjuicio de que pueda el
interesado, si considera que con él no se da íntegro cumplimiento al citado
pronunciamiento judicial, promover el incidente previsto en el artículo 109 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

cve: BOE-A-2022-23736
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Madrid, 23 de diciembre de 2022.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X