I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Enseñanzas deportivas. Entrenadores. (BOE-A-2022-23043)
Orden EFP/1299/2022, de 21 de diciembre, por la que se establece el procedimiento de reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos en las modalidades de atletismo, baloncesto, balonmano, judo y vela, con carácter federativo, previsto en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188290
ANEXO III
Modelo de resolución
VISTO el expediente n.º ________ , incoado a solicitud de D/ Dña._________
con DNI n.º________ en el que solicita 1::
☐
La homologación del título de Técnico Deportivo Superior en la
modalidad o especialidad_____________.
☐
La homologación del título de Técnico Deportivo en la modalidad o
especialidad_____________.
☐
El certificado académico oficial de superación del ciclo inicial de Técnico
Deportivo de la modalidad o especialidad _____________.
Y teniendo en cuenta los requisitos establecidos en la Orden XXXXXX, por la que
se establece el procedimiento de reconocimiento, previsto en la disposición
transitoria quinta del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, de las
formaciones de entrenadores deportivos en las modalidades de atletismo,
baloncesto, balonmano, judo y vela, llevadas a cabo, con carácter meramente
federativo, entre el 15 de julio de 1999 y el 8 de noviembre de 2007:
Esta Administración ha dispuesto otorgar 2:
☐
La homologación del título de Técnico Deportivo Superior en la
modalidad o especialidad_____________.
☐
La homologación del título de Técnico Deportivo en la modalidad o
especialidad_____________.
☐
El certificado académico oficial de superación del ciclo inicial de
Técnico Deportivo de la modalidad o especialidad _____________.
Esta Administración ha dispuesto denegar la homologación o certificación
académica oficial a la que se refiere esta solicitud por las siguientes razones 3
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante
el mismo órgano que la ha dictado, o recurso contencioso - administrativo en el
plazo de dos meses ante el organismo judicial correspondiente, contados ambos
plazos desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo interponer este
último hasta que, en su caso, aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.
Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
En _________________, a _________ de ____________. de 20__
https://www.boe.es
1
Marcar lo que proceda.
2
Marcar lo que proceda.
3
Justificar lo que proceda.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
cve: BOE-A-2022-23043
Verificable en https://www.boe.es
El/la Ministro/a o Consejero/a ______________
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188290
ANEXO III
Modelo de resolución
VISTO el expediente n.º ________ , incoado a solicitud de D/ Dña._________
con DNI n.º________ en el que solicita 1::
☐
La homologación del título de Técnico Deportivo Superior en la
modalidad o especialidad_____________.
☐
La homologación del título de Técnico Deportivo en la modalidad o
especialidad_____________.
☐
El certificado académico oficial de superación del ciclo inicial de Técnico
Deportivo de la modalidad o especialidad _____________.
Y teniendo en cuenta los requisitos establecidos en la Orden XXXXXX, por la que
se establece el procedimiento de reconocimiento, previsto en la disposición
transitoria quinta del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, de las
formaciones de entrenadores deportivos en las modalidades de atletismo,
baloncesto, balonmano, judo y vela, llevadas a cabo, con carácter meramente
federativo, entre el 15 de julio de 1999 y el 8 de noviembre de 2007:
Esta Administración ha dispuesto otorgar 2:
☐
La homologación del título de Técnico Deportivo Superior en la
modalidad o especialidad_____________.
☐
La homologación del título de Técnico Deportivo en la modalidad o
especialidad_____________.
☐
El certificado académico oficial de superación del ciclo inicial de
Técnico Deportivo de la modalidad o especialidad _____________.
Esta Administración ha dispuesto denegar la homologación o certificación
académica oficial a la que se refiere esta solicitud por las siguientes razones 3
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
_________________________________________________________________
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante
el mismo órgano que la ha dictado, o recurso contencioso - administrativo en el
plazo de dos meses ante el organismo judicial correspondiente, contados ambos
plazos desde el día siguiente al de su notificación, no pudiendo interponer este
último hasta que, en su caso, aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.
Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
En _________________, a _________ de ____________. de 20__
https://www.boe.es
1
Marcar lo que proceda.
2
Marcar lo que proceda.
3
Justificar lo que proceda.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
cve: BOE-A-2022-23043
Verificable en https://www.boe.es
El/la Ministro/a o Consejero/a ______________
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X