III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-23741)
Orden DSA/1313/2022, de 27 de diciembre, por la que se autoriza la delegación de la gestión ordinaria del proceso selectivo de la persona titular de la Subsecretaría en las Secretarías Generales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y del Instituto de la Juventud, en sus ámbitos de actuación respectivos.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 190571

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
23741

Orden DSA/1313/2022, de 27 de diciembre, por la que se autoriza la
delegación de la gestión ordinaria del proceso selectivo de la persona titular
de la Subsecretaría en las Secretarías Generales del Instituto de Mayores y
Servicios Sociales y del Instituto de la Juventud, en sus ámbitos de actuación
respectivos.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Real Decreto 408/2022,
de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización
de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que
le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre), previo informe favorable de la
Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para la
estabilización de empleo temporal en empleo fijo de la Administración General del
Estado en el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
Para ello se van a convocar un total de cuatro procesos selectivos por parte de la
Subsecretaría, cuya gestión ordinaria, salvo su resolución, se tiene que realizar por parte
de las Secretarías Generales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y del Instituto
de la Juventud, en sus ámbitos de actuación respectivos.
Para ello es necesario realizar la delegación de competencias, al amparo de los
establecido en el artículo 9 de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, de la gestión ordinaria del proceso selectivo de la persona titular de la
Subsecretaría en las Secretarías Generales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
y del Instituto de la Juventud, en sus ámbitos de actuación respectivos.
El último párrafo del apartado 1 del mencionado artículo 9 establece que «los
órganos de la Administración General del Estado podrán delegar el ejercicio de sus
competencias propias en sus Organismos públicos y Entidades vinculados o
dependientes, cuando resulte conveniente para alcanzar los fines que tengan asignados
y mejorar la eficacia de su gestión. La delegación deberá ser previamente aprobada por
los órganos de los que dependan el órgano delegante y el órgano delegado o aceptada
por este último cuando sea el órgano máximo de dirección del Organismo público o
Entidad vinculado o dependiente», que, en este caso es la persona titular del Ministerio
de Derechos Sociales y Agenda 2030.
En virtud de todo ello dispongo:

Autorizar la delegación de la gestión ordinaria del proceso selectivo de la persona
titular de la Subsecretaría en las Secretarías Generales del Instituto de Mayores y
Servicios Sociales y del Instituto de la Juventud, en sus ámbitos de actuación
respectivos.
Segunda.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta
el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o
bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los

cve: BOE-A-2022-23741
Verificable en https://www.boe.es

Primera.