III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

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adecuadas a las necesidades de financiación de los Marcos de Acción Prioritaria y
planes de gestión de espacios. Sugiere lo mismo con los planes de gestión de otros
espacios protegidos y áreas protegidas por instrumentos internacionales (reservas de la
biosfera, humedales Ramsar, lugares del Patrimonio de la Humanidad UNESCO).
Asimismo, indica que para que se reconozca que una actuación es favorable a la
conservación de la Red Natura 2000 debe estar incluida en planes de gestión o Marcos
de Acción Prioritaria, no simplemente localizada dentro del espacio. También indica que
la parte de los fondos dirigida a objetivos específicos medioambientales y climáticos está
gestionada por las administraciones agrarias, no por las de medio ambiente y clima,
requiriendo reconsiderar la posibilidad de que la administración ambiental o climática
gestione y supervise directamente las ayudas en sus respectivos ámbitos.
La Asociación Española de Agricultura Ecológica indica que el presupuesto
programado para dicha modalidad es insuficiente para alcanzar el objetivo del 25% de la
superficie agraria útil gestionada bajo métodos de producción ecológica en 2030.
A la vista del resultado de la participación pública, el estudio ambiental estratégico
únicamente prevé emitir un informe anual donde se indiquen las ayudas dadas a
intervenciones relativas a los objetivos medioambientales y climáticos y los planes a los
que contribuyen, con información alfanumérica y geográfica. Al tiempo prevén reuniones
con las autoridades ambientales y climáticas para poner en común la información,
impulsar sinergias entre políticas y reconsiderar las intervenciones que no alcanzan los
objetivos medioambientales o climáticos previstos.
En relación con la última propuesta, cabe advertir que el Plan no contiene una lista
de sus objetivos medioambientales y climáticos cuantificados en los términos en que
aparecen los objetivos equivalentes de las principales políticas medioambientales y
climáticas. Así, por ejemplo, en su actual redacción el Plan no contiene un compromiso
concreto de financiación de las actuaciones contenidas en los Marcos de Acción
Prioritaria de la Red Natura 2000, no habiéndose diferenciado ninguna línea de
actuación específica para apoyo de la gestión de la Red, y encontrándose únicamente
referencias dispersas en el conjunto del Plan. Al objeto de que no se provoquen
impactos estratégicos desfavorables por una falta de consideración de las necesidades
clave de financiación de esta Red en el tipo de actuaciones que entran dentro del ámbito
de este Plan, lo que podría suponer prolongar situaciones de incumplimiento de objetivos
de conservación en un número indeterminado de estos espacios durante todo el periodo
de planificación por falta de financiación de las actuaciones necesarias, se considera que
debe clarificarse y mejorarse sustancialmente la contribución de este Plan a su
financiación, previa consulta expresa a las administraciones regionales y nacional
competentes en la gestión de espacios Red Natura 2000, para identificar los tipos de
intervención aplicables, y dentro de cada uno de ellos adoptar los compromisos
presupuestarios específicos para al menos las actuaciones consideradas prioritarias o
urgentes. La necesidad de mejorar con el Plan la financiación de los Marcos de Acción
Prioritaria puede ser particularmente importante en los ámbitos de mejora del estado de
conservación y recuperación de la dehesa y otros sistemas agrosilvopastorales
extensivos, mejora de convivencia entre ganadería extensiva y grandes carnívoros,
protección y recuperación de ecosistemas de turberas y de humedales (más allá de la
BCAM 2), protección y recuperación de humedales (más allá de la BCAM2), y
recuperación de superficie de hábitats de interés comunitario de pastizal natural y
seminatural a partir de terrenos agrícolas.
También debería revisarse el desequilibrio aparentemente existente entre la previsión
presupuestaria para ecoesquemas sobre regadío y sobre secano, considerando las
proporciones existentes entre las superficies de ambos usos, y teniendo en cuenta que
desde el punto de vista medioambiental y climático las mayores externalidades positivas
las suele producir produce el secano, y los mayores impactos ambientales los suele
generar el regadío, siendo de aplicación al caso el principio de que «quien contamina,
paga».

cve: BOE-A-2022-23029
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Núm. 311