III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-23029)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en el periodo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
23029

Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental
estratégica del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para España en
el periodo 2023-2027.

El Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PEPAC) para España en el
periodo 2023-2027 ha sido objeto de una evaluación ambiental estratégica ordinaria
siguiendo los artículos 17 a 24 de la Ley 21/2013, de diciembre, de evaluación ambiental,
procediendo formular su declaración ambiental estratégica de acuerdo con el artículo 25
de la citada Ley.
El promotor y órgano sustantivo del Programa es la Secretaría General de Agricultura
y Alimentación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución
de los procedimientos de evaluación ambiental estratégica de planes y programas de
competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28
de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales.
La presente declaración se ha elaborado teniendo en cuenta los principales
documentos generados en la evaluación practicada: el Plan, su Estudio ambiental
estratégico y su Documento de alcance y el resultado de la información pública y de las
consultas efectuadas.
A.

Información sobre el Plan: objeto, alcance, ámbito y decisiones que adopta.

– OE4: Contribuir a la atenuación del cambio climático y a la adaptación a sus
efectos, así como a la energía sostenible.
– OE5: Promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de recursos naturales
tales como el agua, el suelo y el aire.
– OE6: Contribuir a la protección de la biodiversidad, potenciar los servicios
ecosistémicos y conservar los hábitats y los paisajes.
La programación responde al análisis de necesidades y prioridades que ha hecho el
promotor. Las principales decisiones que adopta el plan susceptibles de provocar efectos

cve: BOE-A-2022-23029
Verificable en https://www.boe.es

El objeto y contenido de este Plan está definido por el Reglamento (UE) 2021/2115
del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se
establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben
elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes
estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía
(FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Su ámbito territorial es toda España, y su ámbito temporal comprende de 2023
a 2027.
De los nueve objetivos específicos que el Reglamento contempla para este Plan, tres
son de clara finalidad medioambiental y climática: