II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-23005)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Universidad de León, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión Económico-Financiera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 187733

en la categoría especial y una bonificación del 50% para los de categoría general.
Deberán adjuntar acreditación de la condición de familia numerosa.
c) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria de estas pruebas selectivas
siempre que no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, que no se hayan negado
a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales, y que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario
mínimo interprofesional. Deberán adjuntar certificación acreditativa de que cumplen
estas condiciones, es decir:
1. «Períodos de inscripción e Informe negativo de rechazos», expedido por el
servicio de empleo correspondiente de cada comunidad autónoma.
2. Certificado expedido por el SEPE en el que conste si percibe o no subsidio, así
como la cantidad.
Estos derechos se ingresarán en la «Cuenta restringida de recaudación de ingresos
de la Universidad de León» número ES89-2103-4200-37-0032001355. En la solicitud
deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de
examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica o en su defecto, sello y fecha en el espacio destinado
a estos efectos. En el supuesto de que se haya hecho el ingreso mediante transferencia,
deberá adjuntarse a la solicitud el resguardo de aquélla.
En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite
de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la
base 3.3.2. La falta de pago de los derechos de examen determinará la exclusión del
aspirante. No obstante, podrá subsanarse el pago incompleto de dicha tasa. Asimismo,
la falta de justificación del pago de los derechos de examen o de encontrarse exento,
determinará la exclusión del aspirante, que podrá subsanarse en el plazo habilitado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de
diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no
procederá devolución alguna de la Tasa por derechos de examen en los supuestos de
exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
3.4 Deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones generales para la
cumplimentación de la solicitud:
– Fecha de publicación en el Boletín Oficial. Señale la correspondiente a la fecha de
publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» (con formato de
campo «dd/mm/aaaa»).
– Turno de acceso. Indique el turno por el que participa con la letra «L» para el turno
libre.
– Discapacidad. Marcar por aquellos participantes que tengan la condición de
personas con discapacidad.
– En caso de discapacidad, señale la adaptación que se solicita para la realización
de las pruebas y el motivo de esta.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
3.6 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido en la base 3.3.1 para la presentación de solicitudes.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.

Admisión de Aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de tres
meses, el señor Rector Magnífico de la Universidad dictará Resolución en virtud de la

cve: BOE-A-2022-23005
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Núm. 311