II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-23005)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Universidad de León, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión Económico-Financiera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 311

Miércoles 28 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 187731

comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua exigido para la obtención del Diploma
de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2, establecido en el Real
Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, actualmente vigente, que regula los Diplomas de
Español como Lengua Extranjera. La prueba se calificará de apto o no apto, siendo
necesaria la valoración de apto para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
Están exentos de la realización de esta prueba quienes presenten con la solicitud
fotocopia compulsada del Diploma de Español como Lengua Extranjera, nivel B2 o C2,
establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, actualmente vigente, o del
Certificado de aptitud de español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de
Idiomas o Título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica u otros Títulos
homologados, así como los aspirantes de nacionalidad distinta a la española en cuyos
países sea el castellano lengua oficial o cooficial, o que hayan obtenido en España un
título universitario. Asimismo, estarán eximidos de realizar la citada prueba aquellos
aspirantes que acrediten haber superado dicha prueba en los últimos cinco años al
amparo de otras convocatorias para el ingreso en la Administración Pública.
2.

Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
2.1
2.1.1

Requisitos.
Tener la nacionalidad española.

También podrán participar al acceso como personal funcionario, en igualdad de
condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que
directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en
la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

2.1.2 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
propias de las plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida
el ejercicio de éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad
reconocida por el órgano competente deberán acreditar la compatibilidad de sus
limitaciones en la actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.
2.1.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
2.1.4 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo,
Escala o Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenten.
En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.1.5 Titulación: Estar en posesión del Título de Grado, Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico, Diplomado universitario o equivalente, o en condiciones de obtenerlo

cve: BOE-A-2022-23005
Verificable en https://www.boe.es

1) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
2) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
3) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.